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Documento BOE-A-1979-2064

Resolución de la Delegación Provincial de Palencia por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1979, páginas 1689 a 1689 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-2064

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Falencia, a petición de «Distribuidora Palentina de Electricidad, S.A.», con domicilio en Palencia, avenida del General Goded, número 49, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública, para el establecimiento de una línea aérea y centro de transformación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968, y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Este Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Palencia, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Distribuidora Palentina de Electricidad, S.A.», la instalación eléctrica cuyas principales características son las siguientes: línea aérea, trifásica, de conductores aislados con fiador, a 12 KV., de 1.570 metros de longitud. Centro de trnaformación interior de 160 KVA. a 12.000/380-220 voltios. El lugar donde se va a establecer la instalación tiene su origen en el, apoyo final de la línea a Golobar (2.ª fase), en Brañosera; final en el Centro Social «El Golobar» en el mismo término; recorrido próximo a la pista de Brañosera a «El Golobar». La finalidad es el suministro de energía al Centro Social «El Golobar».

Declarar en concretó la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Palencia 13 de diciembre de 1978.‒El Delegado provincial.‒4.438-D.

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