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Documento BOE-A-1979-2053

Orden de 24 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, número 51.567.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1979, páginas 1685 a 1686 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-2053

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con el número 51.567, interpuesto por el Abogado del" Estado contra la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid con fecha 15 de marzo de 1976, en recurso interpuesto, por doña María Magdalena Navas Montero contra acuerdo de 17 de mayo de 1974, sobre justiprecio de la finca número 64, expropiada por obras de ensanche y enlace de las dos secciones de la carretera de Madrid a Irún, se ha dictado sentencia con fecha 22 de diciembre de 1977, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado, debemos revocar y revocamos la sentencia dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid con fecha quince de marzo de mil novecientos setenta y seis, que fijó a razón de mil ochocientas pesetas el metro cuadrado, el justo precio de la finca expropiada (que es la número sesenta y cuatro de las obras de ensanche y enlace de las dos secciones de la carretera de Madrid a Irún (kilómetros siete y dieciséis), cuya finca era propiedad de los herederos de doña Francisca Montero Bustillo, a quienes les fué expropiada la superficie de dos mil seiscientos diez coma treinta metros cuadrados), cantidad, que debe reducirse, señalando como justo precio el de mil quinientas pesetas metro cuadrado; confirmando los restantes pronunciamientos de la sentencia apelada; sin hacer declaración alguna en cuanto al pago de las costas causadas en este recurso.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 24 de noviembre de 1978.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.

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