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Documento BOE-A-1979-20482

Orden de 16 de julio de 1979 por la que se considera incluido en zona de preferente localización industrial agraria al perfeccionamiento del centro de desmanillado y envasado de plátanos a realizar por la «Cooperativa Agrícola del Norte de Tenerife», en La Laguna (Santa Cruz de Tenerife), y se aprueba su proyecto.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1979, páginas 19601 a 19601 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-20482

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre petición formulada por la «Cooperativa Agrícola del Norte de Tenerife» para el perfeccionamiento de su centro de desmanillado y envasado de plátanos en La Laguna (Santa Cruz de Tenerife), acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Uno. Declarar al perfeccionamiento del centro de desmanillado y envasado de plátanos de referencia, incluido en la actividad: a) manipulación de productos agrarios y mercados en origen de productos agrarios, prevista en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto.

Dos. De los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y solicitados por los interesados, conceder únicamente los de preferencia en la obtención de crédito oficial, de derechos arancelarios, de arbitrios o tasas de Corporaciones Locales y de subvención en la cuantía establecida en el grupo A de la Orden de este Departamento de 5 de marzo de 1965 («Boletín Oficial del Estado» del 18), ya que el de libertad de amortización durante el primer quinquenio quedó suprimido, con efectos desde el 1 de enero de 1979, por la Ley 81/1978, de 27 de diciembre.

Tres. Aprobar el proyecto presentado, con su presupuesto reducido, a efectos de obtención de crédito oficial, de 2.750.000 pesetas.

La subvención máxima a percibir será de 412.500 pesetas.

Cuatro Señalar un plazo, contado desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución, hasta el 1 de diciembre de 1979 para llevar a cabo este perfeccionamiento y para la obtención en la Delegación Provincial de Agricultura de Santa Cruz de Tenerife del correspondiente certificado de inscripción en el Registro de Industrias.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 16 de julio de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Saenz Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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