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Documento BOE-A-1979-20007

Orden de 18 de junio de 1979 por la que se aprueba la normativa para la obtención del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias, Sección de Geológicas, de la Universidad de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 1979, páginas 19075 a 19076 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades e Investigación
Referencia:
BOE-A-1979-20007
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/06/18/(7)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, en solicitud de aprobación de la normativa para la obtención del Grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias, Sección de Geológicas, de dicha Universidad;

Considerando que el texto de la propuesta ha sido informado favorablemente por la Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 1978, y por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades del día 2 de mayo de 1979,

Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la obtención del Grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias, Sección de Geológicas, de la Universidad de Zaragoza, con sujeción a la siguiente sistemática:

Primero. Tesina de licenciatura:

1. Habrá dos convocatorias anuales que se anunciarán oportunamente (junio y septiembre).

2. El Tribunal estará constituido por cinco profesores numerarios, para cuya designación se contemplará la temática de los trabajos presentados.

3. El tema será cualquiera dentro del dominio de las disciplinas de la Licenciatura, y el Director será un Profesor con titulo de Doctor, que deberá someter el tema y Dirección, con el visto bueno del Director del Departamento, a la aprobación del ilustrísimo señor Decano.

4. La exposición será pública.

5. En la calificación final se tendrá en cuenta la calidad científica del trabajo y el expediente académico.

Segundo. Examen de Licenciatura:

1. El examen de Licenciatura en Ciencias Geológicas se realizará en dos convocatorias al año, que se anunciarán oportunamente (junio y septiembre).

2. El Tribunal estará constituido por cinco Profesores numerarios.

3. Constará de tres ejercicios, que se realizarán sucesivamente.

4. El primer ejercicio, de carácter escrito, versará sobre un temario que el Tribunal publicará con un mínimo de treinta días de antelación. Del temario propuesto se sacarán, mediante sorteo, tres temas, y cada alumno desarrollará dos de ellos en un tiempo máximo de tres horas. La lectura de los temas se hará en sesión pública ante el Tribunal.

5. El segundo ejercicio será de carácter oral. Consistirá en la exposición de un tema, elegido por el alumno, de entre dos sacados mediante sorteo de un temario de 100 propuesto por el Tribunal. Este temario se publicará con una antelación de treinta días como mínimo. El alumno dispondrá de tres horas para la preparación del tema, y durante este tiempo podrá utilizar los elementos de consulta necesarios.

6. El tercer ejercicio versará sobre la resolución de cuestiones prácticas correspondientes a las diferentes materias de la Licenciatura.

7. En la calificación final se tendrán en cuenta los resultados de todos los ejercicios y el expediente académico.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 18 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel Cobo del Rosal.

Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/06/1979
  • Fecha de publicación: 13/08/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Geología
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Zaragoza

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