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Documento BOE-A-1979-19958

Orden de 30 de junio de 1979 por la que se resuelven asuntos de conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 754/1978, de 14 de abril; 930/1979, de 29 de abril, y Orden ministerial de 9 de agosto de 1977, con indicación de la resolución recaída en cada caso.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 1979, páginas 19041 a 19041 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-19958

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 754/1978, de 14 de abril; 930/1979, de 29 de abril, y Orden ministerial de 9 de agosto de 1977, se resuelven los asuntos que se indican:

1. Valencia. Documentación complementaria y rectificada del plan comarcal de ordenación urbana «Ribera Baixa» (Valencia), presentada por la Diputación Provincial de Valencia en cumplimiento de la Orden ministerial de 16 de diciembre de 1978, por la que se acordó suspender la aprobación definitiva del plan comarcal precitado al objeto de que se subsanaran determinadas deficiencias.

Se acordó la aprobación definitiva del plan comarcal reseñado, por haberse cumplimentado lo prevenido en la Orden ministerial de 16 de diciembre de 1978.

2. Bilbao. Documentación rectificada de la nueva Ordenanza de las Zonas Rural y Libre permanente del plan comarcal de Bilbao, presentada por la Corporación Administrativa «Gran Bilbao», en cumplimiento de la Orden ministerial de 9 de enero de 1979.

Se acordó la aprobación definitiva de la Ordenanza precitada, por haberse cumplimentado las obligaciones impuestas por la Orden ministerial de 9 de enero de 1979.

Lo que se publica en este «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo dispuesto, en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Suelo, significando que contra estas resoluciones que se transcriben definitivas en vía administrativa, cabe contra las números 1 y 2 la interposición del recurso de reposición ante el Ministro de Obras Públicas y Urbanismo en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación y en su día el contencioso administrativo, que habrá de interponerse ante la Audiencia Territorial en el plazo de dos meses, contados desde el, día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso, o si no lo fuere, en el plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 30 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Juan Díez Nicolás.

Ilmo. Sr. Director general de Acción Territorial y Urbanismo.

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