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Documento BOE-A-1979-1980

Resolución del Ayuntamiento de Irún por la que se señala fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los terrenos que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 20 de enero de 1979, páginas 1628 a 1628 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-1979-1980

TEXTO ORIGINAL

Ha sido declarado por el Consejo de Ministros, en Real Decreto 1355/78, de 14 de abril, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de junio, la urgencia de la expropiación forzosa de un terreno de 15.928 metros cuadrados de superficie, sito en el Polígono XXX, subpolígono III (Larreaundi), de esta ciudad, destinado a zona de reserva escolar, para construir en él un Centro de E. G. B. de 24 unidades.

Los linderos y propietarios del referido terreno son los siguientes:

Parcela de 5.135 metros cuadrados, pertenecido del caserío Urunea, del barrio de Olaberria, que se halla situada en la zona sureste del Polígono XXX, subpolígono III. Limita, por el Norte, con pertenecidos de don Fermín Olaizola; por el Este, con terrenos de los señores Iragorri y Echeverría; por el Oeste, con la propiedad de las Hijas de la Cruz, y por el Sur, con el límite del Polígono XXX, subpolígono III, del Plan General de Irún.

Parcela de terreno de 10.793 metros cuadrados, pertenecidos del caserío Beriyo, del barrio de Olaberria. Linda, por el Norte, con terrenos de su propiedad; por el Este, igualmente con terrenos de su propiedad, y con parte de los que pertenecen a los señores Iragorri y Echeverría; por el Oeste, con la propiedad de las Hijas de la Cruz, y por el Sur, con el límite del Polígono XXX, subpolígono III.

La titularidad de las fincas corresponde a los siguientes propietarios:

La parcela de 5.135 metros cuadrados pertenece pro-indiviso a don José Antonio, don José, doña Florentina, don Andrés, don Isidro, don Manuel y don Francisco Martiarena Zabala.

La finca de 10.793 metros cuadrados pertenece a don Fermín Olaizola Marticorena.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, habiéndose declarado la urgencia de la expropiación en acuerdo del Consejo de Ministros, se entiende cumplido el trámite de declaración de necesidad de la ocupación de los bienes que hayan de ser expropiados, dando derecho a su ocupación inmediata.

Queda fijada en el próximo día 23 de febrero, a las diez horas de la mañana, la fecha en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación de los terrenos.

Irún, 10 de enero de 1979.‒El Presidente de la Comisión Gestora.‒226-A.

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