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Documento BOE-A-1979-19519

Resolución de la Dirección General de la Energía autorizando a «Electra de Logroño, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica aérea interprovincial a 13,2 KV. de tensión y C. T. denominado «Depuradora de la Granja de Viana», y declarando en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 1979, páginas 18575 a 18576 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-19519

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Logroño, a instancia de «Electra de Logroño, Sociedad Anónima» con domicilio en Logroño, calle Duquesa de la Victoria, número 3, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2167/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1900, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Electra de Logroño, S. A.», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica aérea, interprovincial, simple circuito trifásico a 13,2 KV. de tensión nominal y el centro de transformación correspondiente; la línea se instalará tendida con conductor aluminio-acero de 76,6 milímetros cuadrados de sección, apoyo metálico de celosía y aisladores de cadena ESA 1.507 o rígidos ARVI-22; tendrá una longitud total de 39 metros, de los cuales los 29 primeros discurren en la provincia de Logroño, y los 10 restantes, en la de Navarra. El centro de transformación se instalará sobre postes de hormigón armado vibrado; el transformador será de 50 KVA. de potencia, relación de transformación 13,2/0,38-0,22 KV., y estará dotado de los elementos de protección y maniobra reglamentarios.

La línea derivará del apoyo número seis de la línea que va al C. T. denominado «Escuma», actualmente en funcionamiento.

La finalidad dé la instalación consiste en abastecer varias parcelas en el polígono industrial «La Granaja», en el término municipal de Viana (Navarra).

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas; en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de tres meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 20 de junio de 1979.—El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Logroño y Navarra.

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