Ilmo. Sr.: Examinados los expedientes de los Centros no estatales de Bachillerato que se relacionan, en solicitud de clasificación definitiva como Centros de Bachillerato;
Resultando que dichos expedientes fueron presentados en tiempo y forma reglamentarios y fueron informados favorablemente por la Inspección Técnica de Enseñanza Media y Delegación Provincial, que han valorado positivamente su rendimiento educativo después de haber impartido con clasificación provisional tres cursos de Bachillerato;
Considerando que los Centros que se expresan reúnen todos los requisitos exigidos para su clasificación definitiva, especificados en la Orden ministerial de 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 15);
Vistas la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970, las Ordenes ministeriales de 12 de abril de 1975 y 8 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 15), que establecen los requisitos necesarios para la clasificación definitiva de los actuales Centros de Enseñanza de Bachillerato,
Este Ministerio ha resuelto asignar la clasificación definitiva como Centros habilitados de Bachillerato a los Centros que se relacionan, con los efectos previstos en el artículo 95 de la Ley General de Educación, quedando obligados al cumplimiento de los requisitos establecidos por la legislación vigente para mantener la clasificación como Centros habilitados que actualmente les corresponde, pudiendo ser modificado el tipo de clasificación si variasen las circunstancias y condiciones que lo originaron Igualmente, de producirse cualquier modificación que afecte a cualquiera de los datos con que se clasifica cada Centro, habrá de solicitarse por los interesados la oportuna reclasificación:
Provincia de Barcelona
Municipio: Barcelona. Localidad. Barcelona. Denominación: «Pizarro». Domicilio: Rabí Rubens, 2-4, y San Fructuoso, 29. Titular: Rosa Guim Almirall.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con cuatro unidades y capacidad para 140 puestos escolares.
Municipio: Barcelona. Localidad: Barcelona. Denominación: «Princesa Margarita». Domicilio: Paseo Fuente Fargas, 15. Titular: María del Pilar Gaos Sánchez ‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con tres unidades y capacidad para 60 puestos escolares.
Municipio: Ripollet. Localidad: Ripollet. Denominación: «Municipal». Domicilio: Calle José Antonio, sin número. Titular: Ayuntamiento de Ripollet ‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con ocho unidades y capacidad para 320 puestos escolares.
Municipio: Barcelona. Localidad: Barcelona. Denominación: «Roig-Tesalia». Domicilio: Calle Marina. 368. Titular: Angel Manuel Domínguez Toral.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con cuatro unidades y capacidad para 120 puestos escolares.
Municipio Barcelona. Localidad: Barcelona. Denominación: «El Salvador» Domicilio: Teodoro Roviralta, 1. Titular: Ramón Ripoll Arcarons.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con tres unidades y capacidad para 90 puestos escolares.
Municipio: Navas. Localidad: Navas. Denominación: «San José». Domicilio: Calle Pablo Duarri, 10. Titular: Ayuntamiento de Navas.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de Bachillerato Unificado Polivalente con cuatro unidades y capacidad, para 160 puestos escolares.
Provincia de Madrid
Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «Virgen de la Fuencisla». Domicilio: Dómine, 10. Titular: Hermilinda Arribas Martín.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con cuatro unidades y capacidad para 160 puestos escolares.
Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «Letras». Domicilio: Ramiro Molina, 11; General Manso, 9. Titular: Esperanza Blázquez Borja.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con cuatro unidades y capacidad para 160 puestos escolares.
Provincia de Toledo
Municipio: Toledo. Localidad: Toledo. Denominación: «Sadel-Nuestra Señora del Sagrario». Domicilio: Calle Rojas, 4. Titular: Antonio Bardón Fernández.‒Clasificación definitiva como Centro habilitado de B.U.P. con cinco unidades y capacidad para 150 puestos escolares.
Las anteriores clasificaciones anulan cualquier otra anterior, y los datos especificados en las mismas se inscribirán en el Registro Especial de Centros, y los Centros en sus escritos habrán de referirse a su Orden ministerial de clasificación definitiva, que reproducirán en cuanto les afecte.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 8 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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