Ilmo. Sr.: Vista la petición formulada por el Director del Centro no estatal de Formación Profesional «Santa María de Artagan», de Bilbao (Vizcaya), para que se le clasifique como de primero y segundo grados libre y se le autoricen enseñanzas de este nivel;
Teniendo en cuenta que este Centro fue autorizado definitivamente como de primer grado por Orden de 12 de mayo de 1976, que reúne las condiciones a que se refiere la Orden de 31 de julio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 26 de agosto) y el informe emitido en sentido favorable por el Coordinador de Formación Profesional, así como la propuesta formulada por el Delegado provincial de Educación y Ciencia,
Este Ministerio ha resuelto conceder al Centro no estatal de Formación Profesional «Santa María de Artagan», situado en la calle Zabalbide, número 110, de Bilbao (Vizcaya), y del que es titular la Congregación Religiosa «María Jesús Coeli», la clasificación de primero y segundo grados libre, con capacidad de 400 puestos escolares, autorizándole a impartir, además de las enseñanzas que ya le fueron reconocidas por Orden de 12 de mayo de 1976, las correspondientes al segundo grado de las especialidades Administrativa y Secretariado, de la rama Administrativa, por el régimen de especializadas, debiendo continuar adscrito al Centro Nacional de Formación Profesional de Basauri (Vizcaya).
Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de esta Orden
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 19 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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