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Documento BOE-A-1979-19502

Resolución de la Segunda Jefatura Provincial de Carreteras de Oviedo por la que se señalan fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras de la autopista de peaje. Campomanes-León, en el término municipal de Valverde de la Virgen (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 1979, páginas 18554 a 18556 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-19502

TEXTO ORIGINAL

Aprobado en fecha 30 de mayo de 1979 por la Dirección General de Carreteras el «Proyecto de trazado correspondiente al trozo VII de la autopista Madrid-Asturias. A-66. Tramo: Campomanes-León», cuyas obras han sido declaradas de utilidad pública por el Decreto 2417/1975, de 22 de agosto, en relación con el artículo 16.1 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, entendiéndose implícita la necesidad de ocupación en la aprobación del proyecto o reputándose urgente la ocupación de los bienes afectados, de conformidad con lo dispuesto por los apartados 2 y 4 del artículo 16 de la Ley antes citada,

Esta Jefatura Regional, de conformidad con lo dispuesto en el, artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto:

Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados de las fincas que seguidamente se relacionan para que comparezcan los días que se citan en el Ayuntamiento en que radican los bienes afectados, como punto de reunión, para de conformidad con el procedimiento que establece el artículo 52 citado llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas, y si procediese, el de las de ocupación definitiva.

A dicho acto deberán asistir los interesados personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, acompañados de los arrendatarios de los terrenos, si los hubiere, y de los Peritos y Notarios, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la Contribución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de 26 de abril de 1957, los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos que se hayan podido omitir en la relación adjunta, podrán formular por escrito ante la Segunda Jefatura Regional de Carreteras, y hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

La Sociedad «Autopista Concesionaria Astur-Leonesa, S. A.», asumirá en el expediente expropiatorio los derechos y obligaciones de beneficiaria, regulados en la Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento.

Oviedo, 26 de julio de 1979.‒El Ingeniero Jefe.‒3.048-D.

RELACION QUE SE CITA

Término municipal de Valverde de la Virgen (León)

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