Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-18574

Orden de 23 de mayo de 1979 por la que se aprueba la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias, Sección de Físicas y Sección de Matemáticas, de la Universidad de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1979, páginas 17640 a 17640 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades e Investigación
Referencia:
BOE-A-1979-18574
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/05/23/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Zaragoza en solicitud de aprobación de la normativa para la colación del grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias, Sección de Físicas y Sección de Matemáticas;

Considerando que dicha propuesta ha sido informada favorablemente por la Junta de Facultad, por la Junta de Gobierno de la Universidad, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 1978, y por la Junta Nacional de Universidades en la reunión de su Comisión Permanente del dia 8 de mayo de 1870,

Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias, Sección de Físicas y Sección de Matemáticas, de la Universidad de Zaragoza, de acuerdo con las modalidades qué a continuación se indican;

Examen para la obtención del grado de Licenciado en Ciencias Físicas

Modalidad A. Tesina;

1. Antes del 30 de noviembre de cada año los alumnos de quinto curso que deseen realizar un trabajo de investigación solicitarán, mediante instancia dirigida al Decano, la aprobación del Director y tema de trabajo elegido por el aspirante, de acuerdo con la Sección. Los aspirantes ya Licenciados podrán solicitarlo por el mismo procedimiento, en cualquier época del año dentro del periodo lectivo. El Director tendrá que ser un Profesor titular, si bien podrá delegar parte de sus funciones no contenidas en los apartados siguientes en algún Doctor.

2. El trabajo de iniciación a la investigación supondrá necesariamente una labor de, por lo menos, cuatro meses de trabajo de régimen de jornada completa, y sus resultados se presentarán en una Memoria donde consten la bibliografía consulta el punto de partida, la labor realizada y los resultados obtenidos, así como las conclusiones obtenidas. Será preceptivo que el candidato haya aprobado anteriormente a la presentación de la Memoria todas las asignaturas que constituyen la Licenciatura.

3. La presentación de las Memorias informadas deberá tener lugar en los meses de-enero, junio u octubre, en los plazos fijados por la Secretaría de la Facultad.

4. Los aspirantes presentarán en la Secretaría de la Facultad cuatro ejemplares mecanografiados. Uno para cada miembro del Tribunal, y el otro para el archivo de la Facultad.

Modalidad B: Examen de Reválida;

Primer ejercicio: El Tribunal hará pública con antelación no inferior a sesenta días la relación de temas sobre los cuales se, realizará este ejercicio. Los temas, en número no inferior a quince, estarán escogidos de entre los contenidos de las asignaturas obligatorias u optativas de la Licenciatura. De este conjunto de temas, cada alumno escogerá un tercio que en el momento del ejercicio indicará al Tribunal. El ejercicio consistirá en la redacción por escrito, durante un plazo de tiempo no inferior a dos horas, de un tema escogido por el Tribunal, seguido por la exposición oral del mismo durante un tiempo máximo de una hora.

Segundo ejercicio; Consistirá en la realización de un ejercicio de carácter práctico sobre temas de carácter general de los cursados en la Licenciatura El Tribunal anunciará, con antelación no inferior a sesenta días, el contenido específico de las meterías sobre las que versará el ejercicio. El Tribunal, mediante una estimación conjunta del resultado de ambos ejercicios, resolverá la calificación final de la prueba.

Examen para la obtención del grado de Licenciado en Ciencias Matemáticas

Modalidad examen de Reválida  El examen constará de tres partes:

1. Redacción sobre un tema durante un tiempo máximo de cuatro horas. Con antelación suficiente se dará a conocer una lista de 20 temas del segundo ciclo, de los que habrá al menos cinco de cada una de las materias; Análisis matemático, Topología y Geometría, Algebra. Estadística y Astronomía. El graduando elegirá 10, y á la suerte sacará uno de esos 10, escribiendo sobre él a continuación.

2.ª Explicación oral de una lección de una asignatura del primer ciclo durante un tiempo máximo de una hora. Con veinticuatro horas de antelación se comunicará al graduando la lección elegida por el Tribunal.

3.ª Resolución de problemas durante un tiempo máximo de cuatro horas. Se propondrán al graduando dos listas de problemas y éste elegirá una de ellas.

Cualquiera de estas tres partes es liberatoria.

El Tribunal estará constituido por cinco Profesores numerarios.

Los exámenes se celebrarán en junio y septiembre.

Modalidad de tesina. Realización de un trabajo bajo la dirección de un Doctor y presentación escrita del mismo. La tesina deberá presentarse con el informe de, un ponente que sea Profesor numerario de la Facultad.

Las solicitudes para comenzar tesina se presentarán en octubre, marzo o junio y las presentaciones se harán respectivamente antes de 1 de febrero, 15 de junio o 15 de septiembre.

El Tribunal estará constituido por tres Profesores numerarios.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 23 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel Cobo del Rosal.

Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/05/1979
  • Fecha de publicación: 27/07/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Ciencias
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Zaragoza

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid