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Documento BOE-A-1979-18571

Real Decreto 1831/1979, de 22 de junio, por el que se declara de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Langreo (Oviedo), a efectos de expropiación forzosa, los bienes necesarios para la ejecución del proyecto de obras de ampliación del cementerio Pando-La Felguera, en la localidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1979, páginas 17639 a 17639 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administración Territorial
Referencia:
BOE-A-1979-18571

TEXTO ORIGINAL

Por el Ayuntamiento de Langreo (Oviedo), en sesión celebrada el día ocho de abril de mil novecientos setenta y seis, fue aprobado el proyecto técnico de las obras de ampliación del cementerio municipal de Pando-La Felguera; que lo fue también por la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, en sesión de veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y siete, lo cual implica la declaración de utilidad pública, y que en sesión de la Corporación municipal celebrada el veintinueve de mayo de mil novecientos setenta v ocho, acordó iniciar expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes afectados por esta obra e interesar del Consejo de Ministros la declaración de urgencia. Asimismo, en sesión celebrada el día quince de noviembre de mil novecientos setenta y ocho, ratifica el acuerdo de veintinueve de mayo de mil novecientos setenta y ocho, aprueba la relación de bienes y resuelve solicitar del Consejo de Ministros, a través del Ministro del Interior, la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, al amparo de lo dispuesto en el artículo cincuenta y dos de la Ley de Expropiación Forzosa.

Estos bienes inmuebles han quedado determinados e individualizados, con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto, que obra en el expediente, la que en su momento fue sometida a información pública.

Se estima inaplazable la ejecución del proyecto de obras de referencia con el fin de dar solución a la mayor brevedad al problema de insuficiencia de la capacidad del cementerio, debido a que la superficie de aprovechamiento del mismo ha quedado totalmente saturada, de tal modo, que no se dispone de terreno libre para atender el número de inhumaciones que se llevan a cabo, con la urgencia que el caso requiere.

En consecuencia, resulta aconsejable autorizar al Ayuntamiento de Langreo (Oviedo) para que utilice este excepcional procedimiento en la ocupación de las fincas afectadas por las obras de referencia, que quedan determinadas en la relación obrante en el expediente administrativo y concretadas en el acuerdo de la Corporación municipal de quince de noviembre de mil novecientos setenta y ocho.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Administración Territorial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Articulo único.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo cincuenta y dos de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Langreo (Oviedo), las fincas concretadas e individualizadas en la relación de bienes, aprobada por la Corporación en acuerdo de fecha quince de noviembre de mil novecientos setenta y ocho, obrante en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarias para la ejecución del proyecto de obras de ampliación del cementerio de Pando-La Felguera, en la localidad.

Dado en Madrid a veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Administración Territorial,

ANTONIO FONTAN PEREZ

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