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Documento BOE-A-1979-18476

Orden de 1 de junio de 1979 por la que se concede la autorización definitiva de funcionamiento del Centro no estatal de Educación Especial «Xaloc», de Sabadell (Barcelona).

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 1979, páginas 17609 a 17609 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-18476

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr Visto el expediente incoado por el Presidente de la Asociación de Padres «Xaloc», solicitando la autorización definitiva de funcionamiento del Centro no estatal de Educación Especial denominado «Xaloc», situado en calle Cervantes, número 67, de Sabadell (Barcelona), del que es titular la referida Asociación;

Resultando que este expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial del Departamento en Barcelona, que lo eleva con los informes favorables de la Inspección Técnica de Educación, Unidad Técnica de Construcción y la propia Delegación;

Resultando que, ante la necesidad de puestos escolares de Educación Especial en Sabadell, por Orden ministerial de 20 de diciembre de 1977, se le otorgó la autorización provisional de funcionamiento para el curso 1977/78, con la obligación de ampliar y modificar espacios del Centro de acuerdo con los planos aportados;

Teniendo en cuenta que, según se hace constar en los nuevos informes emitidos por la Inspección Técnica de Educación y Unidad Técnica de Construcción, ya se han realizado las obras de ampliación y modificación requeridas,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Conceder la autorización definitiva de funcionamiento del Centro no estatal de Educación Especial denominado «Xaloc», situado en calle Cervantes, número 67, de Sabadell (Barcelona) del que es titular la Asociación de Padres «Xaloc», que queda constituido con siete unidades mixtas de Pedagogía Terapéutica, y una capacidad de 70 puestos escolares.

Segundo.

El cuadro de Profesores, así como los elementos materiales de instalación, didácticos y demás necesarios deberán ser mantenidos en todo momento dentro de lo que exijan las disposiciones vigentes sobre la materia para asegurar la eficacia de las enseñanzas autorizadas.

Lo digo a V I para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 1 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Educación Especial.

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