En el recurso contencioso-administrativo número 135/1976, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «E. Merck» contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 24 de junio de 1974, se ha dictado, con fecha 5 de mayo de 1978, por la citada Audiencia, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo formulado por la Entidad »E. Merck» contra acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de 24 de junio de 1974 y contra el de 14 de octubre de 1975, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra el primero, debemos declarar tales acuerdos nulos por infringir el Ordenamiento Jurídico y, en consecuencia, procedente la inscripción a favor de la recurrente de la marca "Carnibion». Sin hacer especial imposición de costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 28 de junio de 1979.‒El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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