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Documento BOE-A-1979-17865

Orden de 5 de julio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia que se cita, dictada por el Tribunal Supremo.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17134 a 17134 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-17865

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo en grado de apelación, seguido ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, sobre justiprecio definitivo de la finca número 3, propiedad de don Cipriano López Peña, comprendida en el expediente titulado «Aeropuerto de Sevilla. Expropiación de Terrenos para Ampliación», se ha dictado sentencia con fecha 26 de enero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, sin pronunciamiento especial sobre las costas de esta segunda instancia, estimamos en parte el recurso de apelación interpuesto por el señor Abogado del Estado contra la sentencia dictada el día 28 de mayo de 1976 por la Sala de esta Jurisdicción de la Audiencia Territorial de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo 545/1973, acumulado al 399/1974, interpuestos, respectivamente, por don Cipriano López Peña y por el señor Abogado del Estado en nombre de la Administración Pública (ramo del Aire), contra los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación, dictados el 13 de julio y el 24 de octubre de 1973 sobre justiprecio de finca, sita en el término de Sevilla, al sitio denominado "Dehesa de las Vacas», propiedad del mentado señor López Peña y, en su consecuencia, se fija como justiprecio de la referida parcela, incluido el premio de afección en la suma de pesetas cuatro millones ochocientas treinta y ocho mil cuatrocientas, que deberá abonar la Administración al expropiado; cantidad que devengará el interés legal computado a partir del día siguiente al en que tuvo lugar la ocupación de la finca y hasta su completo pago. Y en tal sentido se revoca en parte la sentencia apelada.

Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1950 («Boletín Oficial del Estado» número 363).

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 5 de julio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Transportes y Comunicaciones, Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.

Ilmo. Sr. Director general de Infraestructura del Transporte.

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