Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-17777

Orden de 29 de mayo de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 994/1976.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17081 a 17081 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-17777

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 994/1976, seguido por la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, promovido por don Cándido Rodríguez Mata contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre denegación presunta de su petición de reconocimiento a efectos económicos de su integración, ha dictado sentencia la mencionada Sala con fecha 23 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando las causas de inadmisibilidad alegadas por el Abogado del Estado y estimando el recurso interpuesto por don Cándido Rodríguez Mata contra la denegación presunta de sus peticiones a la Administración, de que le fuesen reconocidos los efectos económicos de su integración como funcionario de carrera de la Administración Civil del Estado, procedente de los extinguidos Institutos Provinciales de Sanidad y Mancomunidades Sanitarias, desde el uno de enero de mil novecientos sesenta y ocho, debemos declarar y declaramos que dicha denegación presunta es contraria a derecho, y por consiguiente la anulamos, declarando en su lugar que los efectos económicos, derivados en favor del recurrente del Decreto mil quinientos cincuenta y seis/mil novecientos setenta y dos, deben contarse desde el uno de enero de mil novecientos sesenta y ocho; sin hacer especial declaración sobre las costas causadas.

Así por esta nuetra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Jesús Díaz, Francisco López y Jaime Rouanet (rubricados).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V I. muchos años.

Madrid, 29 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid