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Documento BOE-A-1979-17749

Orden de 13 de junio de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Territorial de Madrid, dictada con fecha 27 de marzo de 1979, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Felipe Rodríguez Benito.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1979, páginas 17076 a 17076 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-17749

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, entre partes, de una, como demandante, don Felipe Rodríguez Benito, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra las resoluciones del Ministerio del Ejército de 2 de octubre de 1976 y 20 de noviembre de 1976, se ha dictado sentencia con fecha 27 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y estimando el recurso interpuesto por don Felipe Rodríguez Benito contra las resoluciones del Ministerio del Ejército de 2 de octubre de 1976 y 20 de noviembre de 1976, denegatoria del recurso de reposición interpuesto contra la primera, debemos declarar y declaramos contrarias al ordenamiento Jurídico dichas resoluciones, y por tanto nulas y sin valor alguno, y, en su lugar, declaramos que el recurrente tiene derecho a que se le reconozca todo el tiempo de servicios prestados en el C. A. S. E con carácter provisional con la consideración de Oficial a todos los efectos, devengando en consecuencia durante ese tiempo trienios de tal clase, debiendo practicarse al efecto la oportuna liquidación para que los trienios concedidos en cuantía correspondiente a la consideración de Suboficial lo sean con la de Oficial, abonándosele las diferencias correspondientes. Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 13 de junio de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército (J. E. M. E.).

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