Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional con fecha 28 de febrero de 1979 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 40.722, interpuesto por «Unión Vinícola Alcoholera, S A.», sobre imposición de sanción; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimamos el recurso, por hallarse ajustada a derecho la resolución del Ministerio de Agricultura de catorce de noviembre de mil novecientos setenta y cinco. Sin expreso pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 25 de mayo de 1979.‒P. D. el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subscretario del Departamento.
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