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Documento BOE-A-1979-17237

Orden de 15 de marzo de 1979 sobre distribución de las cuotas y recargos de Licencia Fiscal del Impuesto Industrial entre los Municipios de Tarragona, Perafort, Vilaseca, Constantí y Pobla de Mafumet, de la provincia de Tarragona, por las actividades ejercidas por la Empresa «Empetrol».

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 1979, páginas 16628 a 16628 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-17237

TEXTO ORIGINAL

Excmos. Sres.: Con fecha 31 de enero de 1978, se dictó Orden de la Presidencia del Gobierno a propuesta de los Ministerios de Hacienda y del Interior, en relación con el expediente promovido por los Ayuntamientos de Tarragona, Perafort, Constantí, Vilaseca y Pobla de Mafumet, todos ellos de la provincia de Tarragona para la distribución, al amparo de lo dispuesto por los artículos 119.3 y 122.2 del Real Decreto 3250/1976, de 30 de diciembre, de las cuotas y recargos de Licencia Fiscal del Impuesto Industrial a cargo de la Empresa «Empetrol», por sus actividades en dicha provincia que afectan a los Municipios indicados.

En la citada Orden se estableció un sistema provisional de distribución hasta tanto se señalasen los criterios que permitieran la adopción de decisiones de carácter definitivo, tras proceder a los oportunos estudios y oír a las Corporaciones interesadas.

En el período de estudio y consulta a que hace referencia el apartado anterior se ha mostrado parte en el expediente el Ayuntamiento de Catllar, por considerar que está afectado por las actividades de la Empresa «Empetrol».

Vistos los informes técnicos emitidos por la Delegación de Hacienda de Tarragona, oídas las Corporaciones afectadas a que se hace referencia anteriormente, esta Presidencia del Gobierno, a propuesta de los Ministros de Hacienda y del Interior, dispone:

Primero.

Las participaciones y recargos en la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial satisfecha por «Empetrol» en la provincia de Tarragona, correspondientes a los ejercicios 1976 y 1977, y que afectan a los Municipios de Constantí, Perafort, Pobla de Mafumet, Tarragona y Vilaseca, serán distribuidas con arreglo a los siguientes porcentajes:

 

Ejercicio de 1976

Porcentaje

Ejercicio de 1977

Porcentaje

Ayuntamiento de Constantí. 8,78 8,41
Ayuntamiento de Perafort. 11,98 14,27
Ayuntamiento de Pobla de Mafumet. 64,91 63,80
Ayuntamiento de Tarragona. 11,70 10,58
Ayuntamiento de Vilaseca. 2,63 2,94
Segundo.

Desestimar la petición del Ayuntamiento de Catllar, solicitando se le asigne un porcentaje en las referidas participaciones y recargos de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial, toda vez que, de los informes emitidos por la Delegación de Hacienda de Tarragona que se unen al expediente, se desprende que en dicho Municipio no se desarrolla ninguna de las actividades sujetas a gravamen, ni tampoco se ha ocupado superficie del término municipal para instalaciones de la Empresa «Empetrol» dedicadas al refino de crudos.

Tercero.

Por la Delegación de Hacienda de Tarragona se adoptarán las medidas precisas para que, en la primera liquidación que practique a los Ayuntamientos afectados, por razón de participaciones y recargos en la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial, se produzcan las compensaciones necesarias que permitan regularizar las consecuencias derivadas de la aplicación de los porcentajes provisionalmente señalados por la Orden de 31 de enero de 1978.

Cuarto.

En los ejercicios 1978 y sucesivos, los porcentajes de distribución serán los que en la presente Orden ministerial se señalan para el ejercicio de 1977.

Lo que comunico a VV. EE.

Madrid, 15 de marzo de 1979.

OTERO NOVAS

Excmo. Sres. Ministros de Hacienda e Interior.

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