Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,
Esta Dirección General ha acordado:
1.º Tener por incoado expediente de declaración de conjunto histórico-artístico a favor del pazo de Taboada y su entorno, en Taboada (Lugo).
2.º Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
3.º Hacer saber al Ayuntamiento de Taboada que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 17 y 33 de la Ley de 13 de mayo de 1933, todas las obras que hayan de realizarse en el Conjunto cuya declaración se pretende no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Dirección General.
4.º Que el presente acuerdo se publique en el «Boletín Oficial del Estado», abriéndose, cuando esté completo el expediente, un período de información pública.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 4 de junio de 1979.–El Director general, Javier Tusell Gómez.
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