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Documento BOE-A-1979-16932

Real Decreto 1711/1979, de 13 de julio, por el que se señala la fecha para la nueva constitución de la Diputación Provincial de Lérida.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 1979, páginas 16292 a 16293 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administración Territorial
Referencia:
BOE-A-1979-16932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/07/13/1711

TEXTO ORIGINAL

Constituida en su día la Diputación Provincial de Lérida y anulados por sentencias de la Audiencia Territorial de Barcelona de veintisiete de abril y diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve los actos de proclamación de Diputados provinciales electos por las Juntas Electorales de Zona correspondientes a los antiguos Partidos Judiciales de Lérida y Borjas Blancas y al Partido Judicial de Balaguer, respectivamente, y verificada una nueva proclamación de los mismos por las mencionadas Juntas, en ejecución de las referidas sentencias, en la que se han tenido en cuenta a las Agrupaciones de Electores para la asignación de Diputados que inicialmente habían sido excluidas, procede, pará regularizar la situación de la Corporación, señalar al efecto la fecha y hora de la nueva constitución de la misma, según las directrices establecidas en la Ley treinta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de diecisiete de julio, de Elecciones Locales, y en el Real Decreto quinientos sesenta y uno/mil novecientos setenta y nueve, de dieciséis de marzo, por el que se dictan normas para la constitución de las Corporaciones Locales, y sin perjuicio de lo que en su día decida el Tribunal Supremo en resolución del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Barcelona de diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Administración Territorial y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión, del día trece de julio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Uno. La sesión de constitución de la Diputación Provincial de Lérida por los nuevos Diputados proclamados en cumplimiento de las sentencias de la Audiencia Territorial de Barcelona de veintisiete de abril y diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve, se celebrará, sin necesidad de previa convocatoria, el día veinte de julio de mil novecientos setenta y nueve, a las doce horas, en la sede de dicha Corporación y previa entrega de las credenciales respectivas al Secretario de la misma.

Dos. En cuanto a la aprobación del acta de la última sesión celebrada, así como en lo referente a la elección de Presidente, Comisión de Gobierno y demás extremos, serán de aplicación las normas contenidas en la Ley treinta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de diecisiete de julio, de Elecciones Locales, y en el Real Decreto quinientos sesenta y uno/mil novecientos setenta y nueve, de dieciséis de marzo, por el que se dictan normas para la constitución de las Corporaciones Locales.

Disposición final.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a trece de julio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Administración Territorial,

ANTONIO FONTAN PEREZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/07/1979
  • Fecha de publicación: 14/07/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Administración Local
  • Diputaciones Provinciales
  • Elecciones locales
  • Lérida

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