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Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Nacional con fecha 26 de febrero de 1979 en el recurso contencioso-administrativo número 41.151, interpuesto por doña María Velar Gómez contra este Departamento, sobre denegación de bonificación de cuotas de la Seguridad Social a trabajadores de cuarenta años.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso número 41.151, interpuesto contra Resolución del Ministro de Trabajo de 24 de enero de 1977, por ser conforme a Derecho; sin expresa condena en costas.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 11 de junio de 1979.‒P. D., el Subsecretario del Departamento, Eloy Ybáñez Bueno.
Ilmo. Sr. Director general de Régimen Jurídico de la Seguridad Social.»
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