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Documento BOE-A-1979-16658

Resolución de la Delegación Provincial de Palencia por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1979, páginas 16047 a 16047 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16658

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Palencia, a petición de «Iberduero, S. A.», distribución León, con domicilio en calle Legión Vil, número 4, de la citada localidad, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea aérea, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del. Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamnto aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Falencia, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero. S. A.», distribución León, la instalación eléctrica cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea a 44 KV., de 148 metros de longitud, capacidad de transporte 1.500 KVA. Tendrá su origen en la línea E. T. D. «Guardo»-E. T. D. «Santibáñez de la Peña» y final en el centro de transformación, intemperie, de factoría «Ainsa». Su finalidad es la ampliación del suministro de energía eléctrica en Guardo.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1986.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Palencia, 30 de mayo de 1979.–El Delegado provincial.–4.184-15.

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