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Documento BOE-A-1979-16653

Resolución de la Delegación Provincial de Cuenca por la que se autoriza el establecimiento de las línea de transporte de energía eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1979, páginas 16046 a 16046 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16653

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria en Cuenca a petición de «Unión Eléctrica, S. A.», con domicilio en Villaconejos del Trabaque, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea M. T., y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y Ley de 4 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria.

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria en Cuenca, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», la instalación de línea M. T., cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea trifásica, un solo circuito, a 15 KV., con una longitud total de 212 metros y una capacidad de transporte de 3.840 KW. Origen en la de Cañaveras-Villaconejos del Trabaque, propiedad de «Unión Eléctrica, S. A.», y final en centro de transformación de la misma.

Conductor de aluminio-acero de 31,1 milímetros cuadrados, apoyos de hormigón y metálicos.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capitulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre

Cuenca, 27 de abril de 1979.–El Delegado provincial, Rafael Gómez del Valle y Egea.–3.956-C.

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