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Documento BOE-A-1979-1651

Real Decreto 3155/1978, de 1 de diciembre, por el que se concede a «Catalana de Gas y Electricidad, S.A.», el beneficio de expropiación forzosa para la instalación de una arteria, una cámara de regulación, una red de distribución de gas natural e instalaciones de protección catódica y complementarias en los términos municipales de Barcelona y Prat de Llobregat (9.ª etapa), y se declaran de utilidad pública dichas instalaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1979, páginas 1290 a 1290 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-1651

TEXTO ORIGINAL

El artículo sesenta punto cuatro del texto refundido de la Ley del III Plan de Desarrollo Económico y Social, aprobado por Decreto mil quinientos cuarenta y uno/mil novecientos setenta y dos de quince de junio, establece que el Gobierno, siempre que se trate de alcanzar un grado de productividad suficiente, podrá decretar a favor de una empresa los beneficios aplicables a las industrias de interés preferente.

La Entidad «Catalana de Gas y Electricidad, S. A.», ha solicitado que se declara de utilidad pública y que se conceda el beneficio de expropiación forzosa e imposición de servidumbre de paso para la instalación de una arteria, una cámara de regulación, una red de distribución de gas natural e instalaciones de protección catódica y complementarias, en los términos municipales de Barcelona y Prat de Llobregat (novena etapa), que fue autorizada por Resolución de catorce de febrero de mil novecientos setenta y cuatro de la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Barcelona.

Resulta evidente el logro de un incremento de la productividad con la distribución de gas natural por tuberías en una zona en la que, sin duda, se alcanzará un mayor grado de industrialización y mejor rendimiento de las industrias que utilicen el gas, por lo que, excepcionalmente, se puede acordar la concesión del beneficio de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticuatro de noviembre de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Articulo único.

De conformidad con lo prevenido en el punto cuatro del artículo sesenta del, texto refundido de la Ley del III Plan de Desarrollo Económico y Social, aprobado por Decreto mil quinientos cuarenta y uno/mil novecientos setenta y dos, de quince de junio, se conceda a «Catalana de Gas y Electricidad, S. A.», el beneficio de expropiación forzosa e imposición de servidumbre de paso previsto en el artículo tercero de la Ley ciento cincuenta y dos/mil novecientos sesenta y tres, de dos de diciembre, pana la instalación de una arteria, una cámara de regulación, una red de distribución de gas natural e instalaciones de protección catódica y complementarias, en los términos municipales de Barcelona y Prat de Llobregat (novena etapa), que fue autorizada por Resolución de catorce de febrero de mil novecientos setenta y cuatro de la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Barcelona, y se declaran de utilidad pública dichas instalaciones.

Dado en Madrid a uno de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Industria y Energía,

AGUSTIN RODRIGUEZ SAHAGUN

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