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Aprobada por la Dirección General de Energía, con fecha 19 de mayo de 1979, la autorización de instalaciones correspondientes al tramo de la red de gasoductos para la conducción de gas natural entre Barcelona, Valencia y Vascongadas, situado en la provincia de Castellón y comprendido entre el término municipal de Villarreal de los Infantes (punto de ubicación de la válvula 15.09) y el límite con la provincia de Valencia, término municipal de Almenara, declarada la urgencia de la ocupación mediante acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de junio de 1979 y la utilidad pública, implícita en la Orden del Ministerio de Industria de 23 de mayo de 1977, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 152/1963, de 2 de diciembre.
Este Gobierno Civil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados de las fincas que a continuación se expresan, para que comparezcan en los Ayuntamientos en que radiquen los bienes afectados, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes afectados y, si procediera, el de las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que siendo titulares de cualesquiera clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, se hubiesen podido omitir en la relación adjunta, deberán acudir personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución. Al acto podrán asimismo los interesados comparecer acompañados de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.
En el expediente expropiatorio la «Empresa Nacional del Gas, S. A.», asumirá la condición de beneficiaría.
Castellón de la Plana, 5 de julio de 1979.–El Gobernador civil.–2.833-D.
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