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Documento BOE-A-1979-1621

Orden de 27 de octubre de 1978 por la que se dispone se cumpla la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Luis Sole Sugrañes.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1979, páginas 1277 a 1277 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-1621

TEXTO ORIGINAL

Ilmo Sr.: En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Luis Solé Sugrañes contra exclusión del concurso restringido convocado para integración en el Cuerpo Especial de Profesores Adjuntos de Universidad, la Audiencia Territorial de Barcelona, en fecha 9 de julio de 1974, ha dictado la siguiente sentencia:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Luis Solé Sugrañes contra la resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de catorce de agosto de mil novecientos setenta y dos y contra el acto posterior de desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra la misma en la que se le excluía de la lista definitiva de admitidos a tomar parte en el concurso convocado por resolución del mismo Ministerio de catorce de octubre de mil novecientos setenta y uno para acceder al Cuerpo de Profesores Adjuntos de Universidad; absolviendo a la Administración de la expresada demanda; sin especial condena en costas a ninguna de las partes.»

Posteriormente, se interpuso contra esta sentencia, recurso de apelación, por la representación actora, y que ha sido resuelto por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en 21 de junio de 1973, que copiado literalmente el Fallamos dice así:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos mal admitido, por la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Barcelona, el recurso de apelación que contra la sentencia de la misma Sala, fecha nueve de julio de mil novecientos setenta y cuatro, interpuso don Luis Solé Sugrañes, referente a recurso contencioso-administrativo contra resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de catorce de agosto de mil novecientos setenta y dos; en consecuencia, declaramos firme dicha sentencia; y no hacemos especial condena respecto a las costas causadas en esta segunda instancia.»

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la citada sentencia, en sus propios términos.

Lo que digo a VI. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 27 de octubre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

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