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Documento BOE-A-1979-16125

Orden de 28 de junio de 1979 sobre delegación de facultades del excelentísimo señor Almirante Jefe del Arsenal de Cartagena en materia de contratación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 1979, páginas 15428 a 15428 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-16125
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/06/28/(2)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.º 3 y 4.° del Real Decreto 582/1978, de 2 de marzo, y el apartado 3 de la Orden de este Ministerio de 17 de abril de 1978, vengo en aprobar la siguiente delegación de atribuciones:

Artículo 1.

El Almirante Jefe del Arsenal de Cartagena delega las funciones que tiene desconcentradas en materia de contratación administrativa en los Jefes de los Sectores Navales de Cataluña y Baleares, en el Jefe de la Estación Naval de Mahón y en los Comandantes Militares de Marina de Castellón, Valencia y Alicante, en el ámbito de sus respectivas competencias y para los recursos que se les asignen, con las limitaciones generales establecidas en las disposiciones sobre desconcentración en este Ministerio.

Artículo 2.

Cuando las autoridades mencionadas en el artículo anterior no concurran a la formalización de los contratos en representación del Estado, ejercerán esta facultad, como Delegados del Almirante Jefe del Arsenal de Cartagena, los siguientes Oficiales particulares:

Los Jefes de los Servicios de Intendencia de los Sectores Navales de Cataluña y Baleares, en el ámbito territorial del respectivo Sector Naval.

El Jefe de los Servicios de Intendencia de la Estación Naval de Mahón, en el ámbito territorial de la Jefatura de la Estación Naval de Mahón.

Los Habilitados de las provincias marítimas de Castellón, Valencia y Alicante, en el ámbito territorial de la respectiva Comandancia Militar de Marina.

El Jefe del Negociado Económico del Arsenal de Cartagena, en los demás contratos del ámbito territorial del Almirante Jefe del Arsenal de Cartagena.

Artículo 3.

La delegación de facultades expresada en los artículos anteriores se entiende sin perjuicio del derecho del Almirante Jefe del Arsenal de Cartagena para avocar para sí las facultades delegadas. Igualmente podrán ser sometidos a su conocimiento y decisión aquellos asuntos que por su trascendencia, complejidad o importancia consideren oportuno elevarle las autoridades delegadas.

Artículo 4.

Al resolver las autoridades por delegación harán constar en la antefirma esta circunstancia y citarán la fecha de la presente Orden.

Madrid, 28 de junio de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/06/1979
  • Fecha de publicación: 06/07/1979
  • Fecha de derogación: 20/05/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el apartado 3 de la Orden de 17 de abril de 1978 (Ref. BOE-A-1978-10374).
    • los arts. 1, 3 y 4 del Real Decreto 582/1978, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-1978-8008).
Materias
  • Comandancias de Marina
  • Contratación de la Administración Militar
  • Delegación de atribuciones
  • Marina de Guerra
  • Ministerio de Defensa

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