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Documento BOE-A-1979-16001

Orden de 30 de mayo de 1979 por la que se rectifica la de 8 de febrero de 1975, al aceptarse la renuncia de «Aiscondel, S. A.», a los beneficios que le concedió dicha Orden por la realización de instalación industrial en la zona de preferente localización industrial del valle del Cinca.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 1979, páginas 15288 a 15289 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16001

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La Orden de este Departamento de 8 de febrero de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de marzo) –de aceptación de solicitudes para acogerse a los beneficios aplicables a las empresas que proyecten instalaciones en la zona de preferente localización industrial del valle del Cinca–, aceptó, entre otras, la solicitud presentada por «Aiscondel, S. A.», para la realización en Monzón del Río Cinca, Partido de Paúles (Huesca), de una industria de laminados de cloruro de polivinilo (expediente VC-16).

Habiendo presentado el mencionado promotor –de acuerdo con lo señalado en el artículo 96.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 18.1 del Decreto 2853/1964, de 8 de septiembre, que desarrolló la Ley de industrias de Interés Preferente– la renuncia a los beneficios obtenidos, procede, en base a lo establecido en las mencionadas disposiciones, aceptar de plano dicha renuncia con los efectos que se indican en el último de dichos artículos.

Por tanto, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Promoción Industrial y Tecnología ha resuelto:

Primero.

Aceptar de plano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 98.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, la renuncia presentada por «Aiscondel, S. A.», a los beneficios que le concedió la Orden de este Departamento de 8 de febrero de 1975 por la realización en Monzón del Río Cinca, Partido de Paúles (Huesca), de una industria de laminados de cloruro de polivinilo.

Segundo.

Modificar, por tanto, la Orden de 8 de febrero de 1976, en el sentido de que quede excluida del anexo de la misma la concesión a «Aiscondel, S. A.», de los beneficios que en dicha Orden constan para la realización en la zona de preferente localización industrial del Valle del Cinca de una industria de laminados de cloruro de polivinilo.

Tercero.

Reconocer efectividad a esta renuncia, de acuerdo con el articulo 18.1 del Decreto 2853/1964, de 8 de septiembre, desde la fecha de su presentación, quedando liberado el promotor, en base al apartado 2 del precepto citado, del cumplimiento de las obligaciones a que estuviese sometido.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, José Enrique García-Roméu Fleta.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

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