El Consejo de Ministros, en 30 de diciembre de 1977, declaró la urgencia en la expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras de expropiación forzosa «Canal margen izquierda río Magro» a efectos de aplicación del artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Esta Dirección ha acordado la ocupación de las fincas del término municipal de Turis (Valencia), y por ello se pone en conocimiento de los propietarios afectados, quienes además serán notificados individualmente por cédula, que quedan convocados por el presente anuncio los días 17, 18, 19, 24, 25 y 26 de enero de 1979, a las nueve treinta horas, en el Ayuntamiento de Turis, sin perjuicio de trasladarse al terreno, si fuese necesario, para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas.
A dicho acto, al que deberán acudir el representante y perito de la Administración, así como el Alcalde del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue, deberán asistir los propietarios, que podrán ejercitar los derechos que determina el artículo 52 en su párrafo tercero.
La relación de afectados, que se inicia con el número 1, a nombre de «titular desconocido», y finaliza con el número 254, a nombre de Bautista González Miralles, podrá ser examinada durante las horas hábiles de oficina a partir de la fecha de publicación de este anuncio, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, avenida de Blasco Ibáñez, número 48. Valencia-10, y en el Ayuntamiento de Turis, adonde se remite para su exposición al público.
Valencia, 21 de diciembre de 1978.–El Ingeniero Director, Salvador Aznar.–15.861-E.
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