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Documento BOE-A-1979-15393

Orden de 18 de mayo de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 507.895.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 1979, páginas 14811 a 14811 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-15393

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.895, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Rafael de Mingo Molina contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre revocación del Decreto 131/1976, de 9 de enero, ha dictado sentencia la mencionada Sala con fecha 13 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, aceptando la pretensión aducida de manera principal por el Abogado del Estado, debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Rafael de Mingo Molina, Auxiliar de la Administración de Justicia, contra el Decreto número ciento treinta y uno de nueve de enero de mil novecientos setenta y seis, con el pedimento de su modificación en relación con el Decreto número tres mil doscientos noventa y dos de treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y seis y la Orden del Ministerio de Justicia de cinco de febrero del mismo año; sin entrar en consecuencia en el examen del fondo del recurso, y no hacemos especial condena respecto a las costas causadas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Juan V. Barquero, Eduardo de No, Antonio Agúndez, Adolfo Carretero, Pablo García (rubricados).

Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado ponente don Antonio Agúndez Fernández, estando celebrando audiencia pública la Sala Quinta del Tribunal Supremo el mismo día de su fecha. Ante mí, José Benéitez (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 18 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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