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Documento BOE-A-1979-14045

Real Decreto 1341/1979, de 4 de mayo, por el que se declara la utilidad pública y la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa de los bienes necesarios para la construcción del nuevo aeropuerto de Alava.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 9 de junio de 1979, páginas 12888 a 12889 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-14045

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de sustituir el antiguo aeropuerto de Vitoria, por otro que permita ser utilizado en todo tiempo por la aviación comercial, se interesó oportunamente la redacción de los correspondientes proyectos, para la construcción del nuevo aeropuerto de Alava con sus accesos y demás servicios complementarios, así como para las instalaciones de ayudas a la navegación, con lo que se potenciará el desarrollo económico de la región.

Al no disponer el Estado de terrenos propios en los lugares seleccionados como idóneos, se hace preciso acudir a la expropiación de los bienes que resulten afectados, declarándose previamente la utilidad pública y su urgente ocupación, según dispone la Ley de Expropiación Forzosa de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, y el Reglamento dictado para su aplicación.

En su virtud, y a propuesta del Ministro de Transportes y Comunicaciones, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos noveno y diez de la Ley de Expropiación Forzosa de dieciséis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro y concordantes del Reglamento, se declara de utilidad pública la construcción del nuevo aeropuerto de Alava, sus accesos, servicios y obras complementarias e instalaciones de ayudas a la navegación.

Artículo 2.

Se declara urgente, de conformidad con el artículo cincuenta y dos de la citada Ley y concordantes de su Reglamento, la ocupación de los terrenos y demás bienes necesarios para la construcción del nuevo aeropuerto de Alava. Su asentamiento queda establecido entre las carreteras de Vitoria a Ramales por Murguía (hoy autovía Vitoria-Altube), y la de Vitoria a Hueto Arriba, y entre el río Zaya y la carretera de Gobeo a Aranguiz, afectando a terrenos del polígono ocho del término municipal de Foronda, al nueve de Antezana, al catorce de Guereña y quince de Legarda, en una superficie total aproximada de cuatrocientas cincuenta y una hectáreas.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones se dictarán cuantas disposiciones complementarias sean precisas para dar cumplimiento al presente Real Decreto.

Dado en Madrid a cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Transportes y Comunicaciones,

SALVADOR SANCHEZ-TERAN HERNANDEZ

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