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Documento BOE-A-1979-14004

Real Decreto 1337/1979, de 4 de mayo, por el que se modifica el texto de la subpartida 73-05 B y se asigna libertad de derechos.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 9 de junio de 1979, páginas 12862 a 12863 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-14004
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/05/04/1337

TEXTO ORIGINAL

El Decreto del Ministerio de Comercio número novecientos noventa y nueve del treinta de mayo de mil novecientos sesenta, en su articulo segundo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo sexto de la Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta autoriza a los Organismos, Entidades y personas interesadas a formular las reclamaciones o peticiones que consideren convenientes en defensa de sus legítimos intereses y en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de las peticiones presentadas al amparo de dicha disposición, y previo él dictamen favorable de la Junta Superior Arancelaria, resulta procedente la introducción de las oportunas modificaciones en la estructura nacional del Arancel de Aduanas.

En atención al carácter defensor de los intereses económicos nacionales que la Ley Arancelaría reconoce a las medidas sobre el comercio exterior, y teniendo en cuenta que su eficacia depende en gran manera de su pronta efectividad, se considera conveniente que el presente Real Decreto entre en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, en uso de la autorización conferida por el artículo sexto número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria, y a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Ministros en 6u reunión del día cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se introducen en el Arancel de Aduanas las modificaciones que se especifican en el anejo que acompaña al presente Real Decreto.

Artículo 2.

Este Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANEJO
Partida Mercancía Derecho
73-05 B.—Hierro y acero esponjosos (esponja o prerreducidos). Libre

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/05/1979
  • Fecha de publicación: 09/06/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 09/06/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Siderurgia

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