Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-13610

Orden de 17 de mayo de 1979 por la que se aprueba el Sistema Integrado de Gestión de Material de la Armada (SIGMA).

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 1979, páginas 12151 a 12155 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-13610
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/05/17/(4)

TEXTO ORIGINAL

La Armada cuenta con un Sistema Integrado de Gestión de Material, recogido en el manual del Servicio de Repuestos de la Dirección de Aprovisionamiento y Transportes de la Jefatura de Apoyo Logístico, que se ha aplicado experimentalmente con resultado satisfactorio, y que conviene aprobar por norma de rango legal.

Por lo expuesto, a propuesta de la Subsecretaría de Defensa y con la conformidad del Estado Mayor de la Armada, dispongo:

Se aprueba el Sistema Integrado de Gestión de Material de la Armada (SIGMA), recogido en el manual del Servicio de Repuestos de la Dirección de Aprovisionamiento y Transportes, cuyo documento base se une a la presente Orden.

Madrid, 17 de mayo de 1979.

RODRIGUEZ SAHAGUN

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION DE MATERIAL DE LA ARMADA

Documento base

SUMARIO

Introducción.

Capítulo I. Material.

Capítulo II. Identificación.

Capítulo III. Escalones de aprovisionamiento.

Capítulo IV. Almacenamiento en segundo escalón.

Capítulo V. Libros de cargo del primer escalón.

Capítulo VI. Libros de cargo del segundo escalón.

Capítulo VII. Documento básico del SIGMA.

Capítulo VIII. Intervención.

Capítulo IX. Glosario de términos.

Anexo I. Impreso SIGMA modelo 1.

Anexo II. Impreso SIGMA modelo 2

INTRODUCCION

1. El «Sistema Integrado de Gestión de Material de la Armada», en lo sucesivo SIGMA, es el procedimiento mecanizado preparatorio de la obtención del material de la Armada que se determine, así como de su almacenamiento y distribución, bajo el principio de dirección centralizada y ejecución descentralizada.

2. Considerado el SIGMA, según el concepto expuesto en el punto anterior, no sólo como el nuevo procedimiento de obtención, almacenamiento y distribución del material, sino también como organización tendente al control de inventario, contabilidad e información, deben estimarse como finalidades primordiales del mismo las siguientes:

‒ Catalogación del material.

‒ Confección de los libros de cargo de los buques, unidades e instalaciones navales

‒ Facilitar datos mecanizados para el control de las diferentes cuentas del material.

‒ Suministrar datos de consumo para la fijación de niveles de aprovisionamiento en los buques, unidades e instalaciones.

‒ Rendición periódica por medios mecanizados de la cuenta de existencias de almacenes.

‒ Suministro de información para contabilidad analítica.

‒ Facilitar datos para redactar presupuestos por programas.

3. En todo caso la gestión a la que se refiere el Sistema no incluye la relativa a la contratación de suministro del material, si bien puede intervenir en el desarrollo de los contratos que se celebren.

CAPITULO PRIMERO
Material

1. El SIGMA comprende las actuaciones necesarias para la obtención, recepción, almacenamiento, distribución y contabilidad del material de la Armada.

2. No se incluyen en el SIGMA los siguientes materiales:

2.1 Aquellos cuya gestión esté encomendada a un Organismo no integrado en el Sistema de Aprovisionamiento Naval.

2.2 Aquellos para los que no se mantiene un control de inventario centralizado.

CAPITULO II
Identificación

1. El elevado número de voces de material empleado por la Armada exige que para efectuar el aprovisionamiento se utilice un lenguaje conciso, es decir, designar el material por medio de un código de acuerdo con un sistema de catalogación previamente establecido.

2. Catalogación.

2.1 Concepto. La catalogación tiene por objeto la clasificación, descripción, denominación, numeración y edición del catálogo del material del que se mantiene un control de inventario centralizado.

2.2 Los servicios que tienen a su cargo el material serán responsables de proponer su catalogación, revisión y cambios.

2.3 Se exceptúan de catalogación los materiales siguientes:

‒ Los que se adquieran por una sola vez.

‒ Los que se adquieran y se empleen a nivel local y no se sometan a control centralizado por considerar no es necesaria su acumulación.

‒ Impresos, manuales, libros y diagramas con clasificación de seguridad.

‒ Unidades completas como buques, aeronaves, helicópteros y vehículos.

2.4 El material que por estar catalogado en origen, con un sistema similar al utilizado por la Armada, puede ser controlado sin nueva catalogación.

3. Publicaciones de aprovisionamiento. Las publicaciones utilizadas en el aprovisionamiento del material podrán ser de identificación, auxiliares y de cargo.

3.1 Publicaciones de identificación son aquellas que tienen como fin específico la descripción de los artículos al objeto de lograr su identificación.

3.2 Publicaciones auxiliares son aquellas que, referidas a determinados grupos de artículos, indican datos útiles de los mismos, como pueden ser los referentes a su peligrosidad, manejo, facilidad de reparación, etc.

3.3 Publicaciones de cargo son las que indican el alcance y profundidad de los materiales para apoyo en primero y segundo escalón de los buques, unidades e instalaciones navales.

CAPITULO III
Escalones de aprovisionamiento

1. Primer escalón aprovisionamiento.

1.1 Concepto. Es el puesto a cargo para su propio aprovisionamiento en los buques, unidades e instalacinones navales.

1.2 Incluirá los pertrechos y repuestos necesarios para apoyar sus operaciones, bajo los conceptos de mantenimiento aplicables, durante un período dado que se denominará de autonomía logística.

1.3 Los materiales de este escalón no están sometidos a las órdenes de redistribución generadas por los órganos centrales de gestión del inventario, excepto cuando sus existencias superan los niveles establecidos o en caso de emergencia, requiriéndose en este último caso aprobación del mando operativo.

1.4 Sólo incluirá aquellos artículos cuyo montaje quede dentro de la. capacidad de mantenimiento del buque, unidad o instalación naval.

1.5 El cálculo de las cantidades de cada uno de los artículos responderá al concepto de consolidación.

2. Segundo escalón de aprovisionamiento.

2.1 Concepto. Es el que se sitúa en los almacenes de la Armada. Incluirá las reservas de guerra y los materiales necesarios para apoyar las operaciones y actividades navales durante el tiempo que se determine y las acciones de segundo y tercer escalón de mantenimiento.

2.2 El segundo escalón de aprovisionamiento sólo constará de un libro de cargo, que será el único para toda la Armada.

2.3 Los almacenes del segundo escalón podrán estar situados en una sola localidad o bien en varias, atendiendo en este último caso los respectivos inventarios al despliegue actual y previsto de la Fuerza.

2.4 Las existencias de material en un buque de aprovisionamiento no destinadas a su propio consumo se considerarán como de segundo escalón de aprovisionamiento.

CAPITULO IV
Almacenamiento en segundo escalón

1. Para el almacenamiento de los materiales del segundo escalón de aprovisionamiento se constituirán dos tipos de almacenes:

‒ Almacenes periféricos.

‒ Almacén central.

2. Almacenes periféricos.

2.1 Concepto. Son los almacenes de las bases navales, en las que se sitúan los materiales, de acuerdo con los criterios que se establecen a continuación, para apoyar a los buques, unidades e instalaciones de su respectiva Zona Marítima.

En el caso de buques, apoyarán no sólo a aquellos que actualmente tienen su base en la Zona Marítima, sino también a los que, teniendo en cuenta el despliegue previsto, puedan operar dsde dicha base naval.

2.2 Alcance.

2.2.1 Repuestos de gran demanda. Se incluirán todos los materiale de este tipo de los buques, unidades e instalaciones a los que apoyan.

2.2.2 Repuestos de baja demanda y gran seguridad. Sólo incluirán los materiales de los tipos citados que cumplan las siguientes condiciones:

‒ El material solamente apoya a buques, unidades e instalaciones privativos de una determinada base naval.

‒ El material requiere que su reemplazo sea efectuado mediante el apoyo de un segundo o tercer escalón de mantenimiento que sólo cuenta con instalaciones y medios adecuados en una determinada base naval.

2.3 Profundidad.

2.3.1 Repuestos de gran demanda. El cálculo de las cantidades se efectuará de forma que el almacén periférico pueda atender todos los pedidos de este tipo de material con la fiabilidad neta y durante el período operativo que respectivamente se fijen por el mando.

2.3.2 Repuestos de baja demanda y gran seguridad. Las cantidades de estos tipos de materiales que reúnan alguna de las condiciones precisas para estar incluidos en el alcance serán los correspondientes al total de los previstos en el segundo escalón de aprovisionamiento.

3. Almacén central.

3.1 Concepto. Está constituido por un solo almacén que, por su situación geográfica y posibilidades de utilización de medios de transporte, permite atender en un breve plazo de tiempo los pedidos de los almacenes periféricos, tanto los de reposición de su niveles como aquellos para entrega directa a los originadores de los pedidos.

3.2 Situación. Deberá estar situado en una localidad geográfica que, reuniendo la condición señalada en el párrafo anterior, posea unas condiciones climatológicas que permitan con economía de esfuerzo mantener las condiciones ambientales necesarias para la conservación de los repuestos a lo largo de su vida útil.

3.3 Alcance y profundidad. El número de voces y la cantidad de cada una de ellas que se Situarán en el almacén central será el correspondiente a la diferencia entre las que figuran en el libro de cargo del segundo escalón de aprovisionamiento y el total de las situadas en los almacenes periféricos.

CAPITULO V
Libros de cargo del primer escalón

1. De buques.

1.1 Todos los buques dispondrán de un libro de cargo en el que vendrá definido su primer escalón de aprovisionamiento.

1.2 Las propuestas sobre modificaciones en alcance y/o profundidad del libro de cargo se cursarán de acuerdo con las instrucciones que dicte al efecto el Almirante Jefe de Apoyo Logístico.

1.3 Los libros de cargo y las existencias en pañoles se revisarán y actualizarán durante el período de obras normales. Para actualizar los libros de cargo se utilizarán los datos ponderados de consumo obtenidos durante el período operativo precedente.

1.4 Los libros de cargo de buques constarán de tres partes:

Parte I. Indice de los sistemas y equipos que deben ser apoyados.

Parte II. Conjunto de relaciones identificadas de todos los pertrechos y de los repuestos de los distintos sistemas y equipos que son susceptibles de ser reemplazados.

Parte III. Relación de todos los pertrechos y consolidada de los repuestos, con expresión de sus objetivos de acopio.

1.5 Para la redacción e inclusión de voces en el libro de cargo se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1.5.1 Sólo se influirán aquellos pertrechos que sean consecuentes con la misión fundamental del buque.

1.5.2 Sólo se incluirán aquellos repuestos cuyo reemplazo quede dentro de las posibilidades de mantenimiento del buque.

2. De Unidades de Infantería de Marina.

2.1 Todas las Unidades de Infantería de Marina dispondrán de un libro de cargo, en el que vendrá definido su primer escalón de aprovisionamiento.

2.2 Las propuestas sobre modificación en alcance y/o profundidad del libro de cargo se cursarán de acuerdo con las instrucciones que dicte al efecto el Almirante-Jefe del Apoyo Logístico.

2.3 Los libros de cargo y las existencias en pañoles se revisarán y actualizarán con la periodicidad que se fije. Para actualizar los libros de cargo se utilizarán los datos ponderados de consumo, obtenidos durante el período operativo precedente.

2.4 Los libros de cargo constarán de tres (3) partes:

Parte I. Indice detallada del armamento y material que debe ser apoyado.

Parte II. Conjunto de relaciones identificadas de todos los pertrechos y de los repuestos del armamento y material que son susceptibles de ser reemplazados.

Parte III. Relación de todos los pertrechos y consolidada de los repuestos, con expresión de sus objetivos de acopio.

2.5 Para la redacción e inclusión de voces en el libro de cargo se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

2.5.1 Sólo se incluirán aquellos pertrechos que sean, consecuentes con la misión fundamental encomendada a cada Unidad.

2.5.2 Sólo se incluirán aquellos repuestos cuyo reemplazo quede dentro de las posibilidades de mantenimiento de cada Unidad.

3. De instalaciones navales.

3.1 Todas las instalaciones navales dispondrán de un libro de cargo, en el que vendrá definido su primer escalón de aprovisionamiento.

3.2 Las propuestas sobre modificaciones en alcance y/o profundidad del libro de cargo se cursarán de acuerdo con las instrucciones que dicte al efecto el Almirante Jefe de Apoyo Logístico.

3.3 Los libros de cargo y las existencias en pañoles se revisarán con la periodicidad que se fije. Para actualizar los libros de cargo se utilizarán los datos ponderados de consumo obtenidos durante el período precedente.

3.4 Los libros de cargo constarán de tres (3) partes:

Parte I. Indice de los sistemas y equipos que deben ser apoyados.

Parte II. Conjunto de relaciones identificadas de todos los pertrechos y de los repuestos de los distintos sistemas y equipos que son susceptibles de ser reemplazados.

Parte III. Relación de todos los pertrechos y consolidada de los repuestos, con expresión de sus objetivos de acopio.

3.5 Para la redacción e inclusión de voces en el libro de cargo se tendrán en cuenta los siguientes criterios.

3.6.1 Sólo se incluirán aquellos pertrechos que sean consecuentes con la misión encomendada a la instalación naval.

3.6.2 Sólo se incluirán aquellos repuestos cuyo reemplazo quede dentro de las posibilidades de mantenimiento de la instalación naval.

3.6.3 Como norma general, en los libros de cargo de las instalaciones navales sólo se incluirán repuestos de gran demanda. Excepcionalmente podrán incluirse repuestos de seguridad en los libros de cargo de determinadas instalaciones navales cuando la misión que le ha sido asignada así lo aconseje.

CAPITULO VI
Libro de cargo del segundo escalón

1. Concepto. Es la expresión en alcance y profundidad durante el tiempo que se determine de los materiales necesarios para las siguientes acciones:

‒ Apoyo del primer escalón de aprovisionamiento.

‒ Apoyo del segundo y tercer escalón de mantenimiento.

‒ Reservas de guerra.

2. Las variaciones en alcance y profundidad del libro de cargo del segundo escalón serán automáticas, en cada revisión periódica que se efectúe, según los datos históricos de cada artículo.

3. El libro de cargo del segundo escalón aparecerá encabezado por la relación de Unidades a las que apoya, constando de tres partes:

Parte I. Indice de los sistemas y equipos que deben ser apoyados.

Parte II. Sección A. Indice alfabético de los equipos apoyados, con expresión de su población y servicio a que pertenece.

Sección B. Indice alfabético de los servicios, con expresión de los equipos que al mismo pertenecen y su población.

Parte III. Relación de todos los pertrechos y consolidada de los repuestos, con expresión de sus objetivos de acopio.

CAPITULO VII
Documento básico del SIGMA

1. El SIGMA se apoya en la utilización de un impreso múltiple, unificado y polivalente que sirve como documento de pedido, parte de movimiento, recepción, contabilización e información, fácilmente adaptable a procedimientos mecanizados.

2. El impreso contiene dos tipos de hojas diferentes, cuyo formato se incluye en los anexos I y II a la presente Orden.

3. El documento SIGMA contiene la siguiente información:

3.1 Redactor y destinatario del documento.

3.2 Tipo de documento, fecha y número.

3.3 Datos relativos al material (identificación, cantidad, unidad de suministro y precio).

3.4 Datos de recepción y entrega del material.

3.5 Indicaciones necesarias, a cada tipo de documento.

CAPITULO VIII
Intervención

1. La función interventora se ejercerá de conformidad con lo prevenido en las normas generales de aplicación, atendiendo a las peculiaridades del SIGMA, y especialmente las siguientes:

1.1 Entrega del material en almacén y entrega a los peticionarios. Con carácter general se efectuará por muestreo la intervención de la entrada en almacén del material y su entrega a los peticionarios, mediante el examen documental, quedando condicionadas a la posterior comprobación de existencia en el almacén.

1.2 Existencia en almacén. A la vista de la documentación rendida sobre la entrada y entrega del material y de la cuenta de almacén, se efectuará la comprobación por muestreo de las existencias.

1.3 A estos fines el Interventor recibirá periódicamente la información mecanizada necesaria y cuantos documentos se consideren imprecindibles para el ejercicio de su función.

1.4 La Intervención dispondrá de copia de los libros de cargo de los buques, unidades o instalaciones que reciban el material comprendido en el SIGMA y estén, por lo tanto, incluidos en las anteriores normas de intervención.

1.5 Corresponderá a los Interventores de los buques, unidades e instalaciones antes mencionados el examen y tramitación de las distintas cuentas rendidas con los datos facilitados por el SIGMA.

2. La intervención sobro el material no incluido en el SIGMA se efectuará conforme a las normas fiscales de carácter general.

3. Estas reglas son independientes de las correspondientes a fiscalización del gasto, contratación, liquidación, etc., que por sus trámites no incluidos en el SIGMA se regirán por las disposiciones vigentes al efecto.

CAPITULO IX
Glosario de términos

Alcance de un libro de cargo

Número de voces del total de las instalaciones en un buque, unidad e instalación que figuren en el libro de cargo como repuestos.

Artículo

Nombre genérico que denomina a un conjunto de voces que pertenecen a una misma clase o grupo. (Ejemplo: Bandera, resistencia, condensador, válvula, etc.)

Coeficiente de demanda

Número racional que expresa el porcentaje de fallos de una determinada pieza durante un año de funcionamiento de los sistemas, equipos o componentes donde dicha pieza vaya instalada.

Consolidación

Proceso seguido en la elaboración de libros de cargo en el que, teniendo en cuenta el coeficiente de demanda de una determinada pieza y el número total de voces que dicha pieza aparece instalada en el buque, unidad o instalación, se asigna una cantidad ponderada de repuestos de esa pieza, a diferencia de otros procesos que asignan a cada sistema, equipo o componente sus propios repuestos sin tener en cuenta la existencia de piezas comunes con otros sistemas, equipos o componentes del buque, unidad o instalación.

Demora

Es el período de tiempo transcurrido entre el momento en que se cursa un pedido y el momento en el que se recibe el material solicitado.

Fiabilidad global de un libro de cargo

Se entiende por fiabilidad global de Un libro de cargo, durante un período dado, la probabilidad de que falle una determinada pieza y que su repuesto, cualquiera que sea su categoría (gran demanda o baja demanda), se encuentre almacenado a bordo.

Fiabilidad neta de un libro de cargo

Se entiende por fiabilidad neta de un libro de cargo durante un período dado, la probabilidad de que falle una determinada pieza y que su repuesto, siendo de la categoría de gran demanda, se encuentre a bordo.

Fiabilidad neta del segundo escalón de aprovisionamiento

Se entiende por fiabilidad neta del segundo escalón de aprovisionamiento durante un período dado, la probabilidad de que pueda atender todos los pedidos que se originen en el primer escalón de aprovisionamiento de una determinada pieza que figura en el inventario del segundo escalón.

Grado de esencialidad

Valor ponderado de la esencialidad de un sistema, equipo o componente con relación a la misión básica encomendada al buque, unidad o instalación donde se encuentra instalado.

Mínima unidad de reposición

Cantidad de una determinada pieza que, normalmente, cuando se produce la necesidad de su reemplazo se lleva a cabo por juegos completos. (Ejemplo: Escobillas, bujías, aros, etc.)

Nivel crítico

Es la mínima cantidad de una voz que debe mantenerse en pañoles y sobre pedido para evitar consumir por debajo del nivel de seguridad.

Nivel de seguridad

Es la mínima cantidad de una voz que debe mantenerse en pañoles en todo momento, con objeto de permitir proseguir las operaciones en caso de interrupciones anormales del reaprovisionamiento o fluctuaciones imprevisibles del consumo.

Nivel máximo

Es la máxima cantidad que puede mantenerse en pañoles y sobre pedido para conseguir alcanzar el objetivo de acopio.

Nivel medio

Es la cantidad de una voz sobre la que fluctúa, por encima y por debajo, la existencia en pañoles.

Nivel operativo

Es la cantidad de una voz que debe mantenerse en pañoles.

Pertrecho

Artículo portátil y duradero, destinado a la satisfacción de necesidades específicas de carácter general o particular que no forma parte integrante de un sistema equipo o componente. Un pertrecho, contrariamente a lo que sucede con un repuesto, admite generalmente su reemplazo por otro artículo de naturaleza similar, sin que sea condición indispensable su identidad con el sustituido.

Profundidad de una voz

Cantidad de una determinada voz que figura como repuesto en el libro de cargo.

Repuesto

Pieza que tiene aplicación en un equipo determinado y que se almacena en pañoles para reemplazar al idéntico instalado en caso de avería de éste o durante las acciones de mantenimiento programado.

Repuesto de alto coste

Repuesto de alto coste unitario al que por esta razón se somete a un control especial.

Repuesto de baja demanda

Repuesto que, teniendo en cuenta su coeficiente de demanda y la cantidad de piezas idénticas instaladas, tiene una previsión de consumo inferior a uno en noventa días.

Repuesto de gran demanda

Repuesto que, teniendo en cuenta su coeficiente de demanda y la cantidad de piezas idénticas instaladas, tiene una previsión de consumo superior a uno en noventa días.

Repuesto de gran seguridad

Repuesto que, aun siendo de muy baja demanda, se incluye en el inventario del segundo escalón de aprovisionamiento por afectar gravemente a la operatividad de un buque, unidad o instalación y presentar una demora de obtención inaceptable desde el punto de vista de las necesidades de la Armada. (Ejemplo: Eje de cola, hélice, antena de radar, motor, etc.)

Repuesto de seguridad

Repuesto de baja demanda que reúne los requisitos establecidos para su inclusión en el libro de cargo de un buque, unidad o instalación.

Tabla básica de pertrechos

Tablas por servicios, destinos, sistemas, equipos y por tipos de buques, unidad o instalación donde se relacionan los pertrechos que corresponden a cada uno de ellos.

Validación de un libro de cargo

Proceso seguido para garantizar que los sistemas y componentes que figuran en la parte I de un libro de cargo coinciden exactamente en cantidad y características con los instalados en un buque, unidad o instalación.

Voz

Artículo que ha sido identificado por medio de las características que lo definen dentro de un grupo o clase.

ANEXO I

Imagen: /datos/imagenes/disp/1979/131/13610_10723814_image1.png

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/1979/131/13610_10723814_image2.png

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/05/1979
  • Fecha de publicación: 01/06/1979
Materias
  • Marina de Guerra

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid