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Documento BOE-A-1979-13333

Resolución de la Delegación Provincial de Palencia por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 1979, páginas 11714 a 11715 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-13333

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Industria de esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Palencia, a petición de «Unión Eléctrica, S. A.», con domicicilio en León, calle Independencia, número 1, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea aérea, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/ 1966, sobre autorización de instalación eléctrica, y en el capítulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo ordenado en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968, y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Palencia, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Unión Eléctrica, S. A.», la instalación eléctrica cuyas principales características son las siguientes:

Línea aérea, trifásica, a 15 KV. Capacidad de transporte estimada, 800 KW. Longitud, 12.495 metros. Tendrá su origen en Villoldo y final en Riveros de la Cueza, con derivaciones a Cardeñosa de Volpejera y Villanueva del Rebollar. Afecta a los términos mencionados y a los de Villamuera de la Cueza y Castriliejo de la Olma. La finalidad es la mejora y ampliación del suministro.

Declarar en concreto la utilidad pública de lar instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señaladas en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Palencia, 30 de abril de 1979.‒El Delegado provincial.‒1.281-D.

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