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Documento BOE-A-1979-13326

Resolución de la Delegación Provincial de León por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 1979, páginas 11712 a 11712 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-13326

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Energía de esta Delegación Provincial, a petición de «Iberduero, S. A.», distribución León, con domicilio en León, Legión VII, 6, por la que solicita autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de reforma de la central de Ambasaguas; cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en, materia de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968 y en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de su Sección mencionada, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», la instalación de reforma de la central de Ambasaguas, cuyas principales características son las siguientes:

Una estación transformadora distribuidora (E. T. D.), de tipo intemperie, para 46/223 KV., en la que se dispondrá de dos entradas de líneas, León I y II, a 45 KV., con conmutador, equipo de protección, transformador de potencia de 3.000 KVA., tensiones 44/22 KV. y parque de 22 KV., con doble embarrado y cuatro salidas de líneas (I, Santa Colomba; II, Villafurela; III, Lugán, y IV, Bustillo de Cea), y una quinta posición para acoplar un transformador de potencia de salida de energía de la central de 2.000 KVA., tensiones 1/22 KV., disponiéndose igualmente de tres transformadores de tensión y tres de intensidad, relés de fase y puesta a tierra, seis pararrayos autoválvulas (45 y 22 KV), interruptores, seccionadores y elementos auxiliares, transformador de 100 KVA., tensiones de 22 KV/ 220-127 V., para servicios auxiliares, elementos de medición y control automático de la central.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

León, 26 de abril de 1979.‒El Delegado provincial, Miguel Casanueva Viedma.‒2.575-15.

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