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Documento BOE-A-1979-12456

Orden de 21 de abril de 1979 por la que se aprueba el régimen económico aplicable a la finca «Masía del Espinar», del término municipal de Liria (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 1979, páginas 10844 a 10844 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-12456

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Adquirida la finca «Masía del Espinar», del término municipal de Liria (Valencia), por expropiación forzosa, como tierras en exceso de la zona regable por el Canal principal del Generalísimo, para el traslado de familias campesinas del poblado de Domeño afectadas por la construcción del embalse de Loriguilla.

Para racionalizar la explotación de este predio, con la orientación debida, se han efectuado, se están ejecutando y se proyectan realizar las siguientes obras y mejoras:

Sondeo para captación de aguas subterráneas. Nivelación y acondicionamiento de terrenos. Red de caminos, red de riego, línea de alta tensión para elevaciones de agua, instalaciones eléctricas y mecánicas en estación elevadora de agua, plantación de frutales; albergues para ganado, almacenes, instalaciones de manipulación de productos agrícolas o ganaderos realizadas con carácter cooperativo o asociativo sindical, y asimismo albergues para ganado, almacenes, etcétera, realizados por empresarios agrícolas.

El Consejo de Ministros; en su reunión del día 12 de enero de 1968, a propuesta del Ministro de Agricultura, aprobó el Decreto 130/1968, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 25, de 29 de enero), por el que se declara de interés nacional la zona regable del canal principal del Generalísimo, en la provincia de Valencia y por Decreto 2688/1970, de 20 de agosto, se aprueba su plan general de colonización, y estando la finca «Masía del Espinar» enclavada en dicha zona, le son de aplicación a su colonización los beneficios establecidos en, los artículos 69 y 70 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, cuyo texto ha sido aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero. Por otra parte, las circunstancias que concurren en este caso aconsejan que se conceda a las obras y mejoras las subvenciones máximas que dicha Ley autoriza.

Procede por tanto, fijar la cuantía de las subvenciones y el reintegro que corresponda, a los empresarios agrícolas que sean trasladados del poblado de Domeño, del importe de las obras y mejoras realizadas, en ejecución y en proyecto o estudio, en la finca.

En consideración a lo expuesto, este Ministerio se ha servido, disponer:

Primero.

Se aprueba el Régimen Económico aplicable a la colonización de la finca «Masía del Espinar», del término municipal de Liria (Valencia), redactado por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

Segundo.

Que se consideren como obras de interés general no imputables a los empresarios agrícolas, y por consiguiente, abonables por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, con cargo a su presupuesto, el sondeo para captación de aguas subterráneas, red de caminos y línea de alta tensión para elevaciones de agua.

Tercero.

Que se estimen como obras de interés común, subvencionadas con el cuarenta por ciento, la red de riego e instalaciones eléctricas y mecánicas en estación elevadora de agua.

Cuarto.

Que se consideren como obras de interés privado, y por tanto, subvencionadas con el treinta por ciento la nivelación y acondicionamiento de terrenos y plantación de frutales.

Quinto.

Que sean estimadas como obras complementarias, abonadas íntegramente por los empresarios agrícolas, la construcción de albergues para ganado, almacenes, instalaciones de manipulación de productos agrícolas y ganaderos, realizados con carácter cooperativo o asociativo sindical, y los análogos construidos por empresarios agrícolas.

Sexto.

Por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su, conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 21 de abril de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario de este Departamento y Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

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