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Documento BOE-A-1979-1199

Orden de 13 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por don Manuel Fernández Floranes y otro, y seguido ante el Tribunal Supremo.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1979, páginas 982 a 982 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1979-1199

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme en 22 de febrero de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por don Manuel Fernández Floranes y otro, y seguido ante el Tribunal Supremo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla la citada sentencia en sus propios términos, cuyo fallo dice lo que sigue:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Fernández Floranes y don Francisco Sebastián Galera Galera, en su concepto de Jurados de Empresa del Banco Hispano Americano contra las Resoluciones de la Dirección General de Trabajo de veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y dos y del Ministerio de Trabajo de seis marzo de mil novecientos setenta y tres, por las que, respectivamente, se declaró por la primera, desestimando la petición formulada por los Jurados de Empresa del Banco Hispano Americano de Granada, Madrid, Palma de Mallorca, Sabadell, Tarrasa, Albacete, Barcelona, Málaga, Tenerife, Cádiz, La Coruña, Santander, Sevilla, Murcia, Salamanca, Vitoria, Córdoba, Bilbao, Las Palmas, Castellón de la Plana y Valencia; que la Empresa Banco Hispano Americano no estaba obligada a convocar sesión plenaria de todos sus Jurados para informar el Proyecto de Reglamento de Régimen Interior de la misma, labor que aquéllos pueden realizar independientemente, emitiendo su informe por separado, y por la segunda, o sea por la Resolución del Ministerio, la confirmación en alzada de la primera, y anteriormente citada, de la Dirección General de Trabajo, y sin que proceda hacer especial declaración sobre costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» e insertará en la «Colección Legislativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Adolfo Suárez.–Enrique Medina.–Fernando Vidal.–José Ignacio Jiménez.–Pablo García Manzano (rubricados).»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 13 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Gerardo Harguindey Banet.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

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