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Documento BOE-A-1979-1171

Orden de 24 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, número 51.625.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1979, páginas 976 a 976 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-1171

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Quinta, con el número 51 625, interpuesto por el Abogado del Estado, representante y defensor de la Administración, contra la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Oviedo con fecha 26 de mayo de 1976, en el recurso número 434/75, deducido por herederos de don Elías Masaveu Rivell, contra acuerdos de 14 de junio y 24 de noviembre de 1975, se ha dictado sentencia con fecha 7 de abril de 1978, cuya parte dispositiva literalmente, dice:

«Fallamos: Que sin pronunciamiento especial en orden a las costas de esta segunda instancia, desestimamos el presente recurso de apelación interpuesto por el señor Abogado del Estado contra la sentencia dictada el día veintiséis de mayo de mil novecientos setenta y seis por la Sala de esta Jurisdicción de la Audiencia Territorial de Oviedo en el recurso contencioso-administrativo cuatrocientos treinta y cuatro/setenta y cinco entablado por don Jaime Masaveu y Masaveu en nombre y beneficio de los herederos de don Elías Masaveu Rivell, contra los acuerdos del Jurado de Expropiación de Oviedo de catorce, de junio y veinticuatro, de noviembre de mil novecientos setenta y cinco sobre justiprecio de la parcela A-seis expropiada para la construcción de la autopista Oviedo-Gijón-Avilés (tramo Oviedo a Lugones); sentencia la apelada que confirmamos en todos sus pronunciamientos.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla la referida sentencia en sus propios términos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 24 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.

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