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Documento BOE-A-1979-11677

Orden de 2 de abril de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 507 746.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 1979, páginas 10101 a 10102 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-11677

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.746, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Julio Martín Jiménez contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre revocación del Decreto 131, de 9 de enero de 1976, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 20 de diciembre de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que, aceptando la pretensión aducida de manera principal por el Abogado del Estado, debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Julio Martínez Jiménez Auxiliar de la Administración de Justicia, contra el Decreto ciento treinta y uno, de nueve de enero de mil novecientos setenta y seis, con el pedimento de su modificación en relación con el Decreto tres mil doscientos noventa y dos, de treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y seis, y la Orden del Ministerio de Justicia de cinco de febrero del mismo año, sin entrar en consecuencia el examen del fondo del recurso; y no hacemos especial condena respecto a las costas causadas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado» e insertará en la "Colección Legislativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Juan V. Barquero.–Antonio Agúndez.–Adolfo Carretero.–Rafael Casares.–Pablo García (con las rúbricas).

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el excelentísimo señor Magistrado ponente don Antonio Agúndez Fernández, en audiencia pública celebrada en el mismo día de su fecha. Ante mi, José Benéitez (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 2 de abril de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.

Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.

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