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Documento BOE-A-1979-11155

Orden de 2 de abril de 1979 por la que se declara comprendida en zona de preferente localización industrial agraria la ampliación de la bodega de elaboración de vinos espumosos de cava de «Freixenet, S. A.», emplazada en San Sadurní de Noya (Barcelona).

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 1979, páginas 9699 a 9699 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-11155

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr. De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición formulada por «Freixenet, S. A.», para ampliar su bodega de elaboración de vinos espumosos de cava emplazada en San Sadurní de Noya (Barcelona), acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 3388/1973, de 7 de diciembre, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo.

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Uno. Declarar la ampliación de la bodega de elaboración de vinos espumosos de cava de «Freixenet, S. A.», emplazada en San Sadurní de Noya (Barcelona), comprendida en zona de preferente localización industria, agraria por cumplir las condiciones y requisitos que señala el Decreto 3388/1973, de 7 de diciembre.

Dos. Incluirla en el grupo A de la Orden de 5 de marzo de 1965 exceptuando el beneficio de la expropiación forzosa de terrenos, por no haberlo solicitado.

Tres. La totalidad de la actividad industrial de referencia queda comprendida dentro de la zona de preferente localización industrial agraria.

Cuatro.  Conceder un plazo de seis meses, contado a partir de la aceptación por los interesados de la presente resolución, para presentar el proyecto definitivo y para justificar que disponen de los medios financieros suficientes para cubrir la tercera parte de la inversión que se proyecta.

Cinco. Conceder un plazo de tres meses para la iniciación de las obras y de dieciocho meses para su terminación, plazos ambos que se contarán a partir de la fecha de aprobación del proyecto definitivo.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 2 de abril de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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