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Documento BOE-A-1979-10170

Orden de 13 de marzo de 1979 por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre una puerta de madera de pino, de estilo Barroco del siglo XVII, cuya exportación fue solicitada por don Guy Dehennin, de Bélgica.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 1979, páginas 8686 a 8686 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-10170

TEXTO ORIGINAL

Excmo, e Ilmos. Sres.: Visto el expediente de que se hará mérito, y

Resultando que por don Guy Dehennin, de Bélgica, fue solicitado de la Junta de Calificación de Obras de Arte el oportuno permiso para exportar por la aduana de la Junquera una puerta de madera de pino, de estilo barroco del siglo XVII, valorada por el interesado en seiscientas mil (600.000) pesetas;

Resultando que la Junta de Calificación de Obras de Arte, en sesión celebrada por la misma con fecha 26 de septiembre último, acordó proponer fuese ejercitado el derecho de tanteo que previene el artículo 8.° del Decreto de 2 de junio de 1960 sobre la citada puerta, por considerarla de gran interés para algún museo del Estado que en su día se determine;

Vistos el Decreto de 2 de junio de 1960 y demás disposiciones de general aplicación;

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.° y 8.° y concordantes del expresado Decreto de 2 de junio de 1960, el Estado podrá ejercer el derecho de tanteo y adquirir los bienes muebles para los que haya sido solicitada autorización de exportación, cuando a juicio de la Junta de Calificación de Obras de Arte reúnan méritos suficientes para ello, siendo el precio que ha de regular esta adquisición el mismo valor declarado por el solicitante de la exportación, que constituye una oferta de venta irrevocable a favor del Estado;

Considerando que en el caso que motiva este expediente concurren las circunstancias necesarias para el ejercicio del derecho de tanteo, debiendo ser adquirida la puerta de que se trata por el precio de seiscientas mil (600.000) pesetas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Que, en el ejercicio del derecho de tanteo previsto en el artículo 8.º del Decreto de 2 de junio de 1960, se adquiera para el Estado la puerta de referencia, cuya exportación ha sido solicitada por don Guy Dehennin, de Bélgica.

Segundo.

Que esta adquisición se haga por el precio declarado de seiscientas mil (600.000) pesetas; el cual se pagará al exportador con cargo a los fondos de que dispone para estas atenciones el Patronato Nacional de Museos, dependiente de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Tercero.

Que se haga saber esta adquisición al exportador, instruyéndole de los recursos pertinentes.

Lo digo a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y VV. II.

Madrid. 13 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Fernando Castedo Alvarez.

Excmo, e Ilmos. Sres. Secretario de Estado de Cultura, Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

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