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Documento BOE-A-1979-10160

Orden de 22 de marzo de 1979 por la que se considera incluido en zona de preferente localización industrial agraria a la instalación de un centro de manipulación y envasado de agrios a realizar por don Vicente Fortea Belenguer y don José María Sabater Vicent, en Burriana (Castellón), y se aprueba su proyecto.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 1979, páginas 8682 a 8682 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-10160

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre petición formulada por don Vicente Fortea Belenguer y don José María Sabater Vicent para la instalación de su centro de manipulación y envasado de agarios en Burrina (Castellón), acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, sobre industrias agrarias de interés preferente; en el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero, sobre ampliación de zonas de preferente localización industrial agraria y de establecimiento de criterios para la concesión de beneficios, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Uno.–Declarar a la instalación de don Vicente Fortea Belenguer y don José María Sabater Vicent de referencia incluida en la actividad: a) manipulación de productos agrarios y mercados en origen de productos agrarios, previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y en el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero.

Dos.–De los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, conceder los solicitados por los interesados, en la cuantía establecida en el Grupo A de la Orden ministerial de este Departamento de fecha 5 de marzo de 1965 («Boletín Oficial del Estado» del 18), excepto el de expropiación forzosa que no ha sido solicitado.

El disfrute de estos beneficios quedará supeditado al uso privado de la instalación.

Tres.–Aprobar el proyecto presentado, con un presupuesto reducido de 11.597.860 pesetas a efectos de preferencia en la obtención de crédito oficial, y de subvención de 10.627.860 pesetas.

La subvención máxima a percibir será de 2.125.572 pesetas.

Conceder un plazo de ocho meses para la presentación del proyecto de instalación, contado a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución.

Cuatro.–Señalar unos plazos de cuatro meses para la iniciación de las obras, y de diez meses para su finalización y obtención de la Delegación Provincial de Agricultura de Castellón del correspondiente certificado de inscripción en el Registro, contados ambos a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 22 de marzo de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

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