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Documento BOE-A-1978-30097

Real Decreto 2907/1978, de 27 de octubre, por el que se aprueba la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios, dependientes del Cabildo Insular de Gran Canaria, en Escuela Universitaria de Enfermería, quedando adscrita a la Universidad de La Laguna.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 13 de diciembre de 1978, páginas 28049 a 28050 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1978-30097

TEXTO ORIGINAL

El Cabildo Insular de Gran Canaria ha solicitado la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios, dependiente de dicha Corporación en Escuela Universitaria adscrita a la Universidad de La Laguna, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto dos mil ciento veintiocho/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio, artículo primero, punto tres. Dicha solicitud ha sido presentada conforme a lo previsto en el citado Real Decreto ante la Universidad de La Laguna, quien la ha remitido favorablemente, informada por su Junta de Gobierno, al Ministerio de Educación y Ciencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, oída la Junta Nacional de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Aprobar la conversión de la Escuela de Ayudantes Técnicos Sanitarios, dependiente del Cabildo Insular de Gran Canaria, en Escuela Universitaria de Enfermería, quedando adscrita a la Universidad de La Laguna.

Artículo 2.

La Escuela Universitaria de Enfermería dependiente del Cabildo Insular de Gran Canaria se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Educación, en el Decreto dos mil doscientos noventa y tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, y en el dos mil ciento veintiocho/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio, y, en su defecto, por los Estatutos de la Universidad de La Laguna, su propio Reglamento y lo que se determine en el convenio de colaboración académica celebrado con dicha Universidad.

Artículo 3.

Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia para aprobar el Reglamento del Centro, que se ajustará a lo establecido en el Decreto dos mil doscientos noventa y tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, y en la Orden de diecisiete de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro, dictada en desarrollo del mismo.

Artículo 4.

El Ministerio de Educación y Ciencia dictará las normas e instrucciones precisas para la interpretación y desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Educación y Ciencia,

IÑIGO CAVERO LATAILLADE

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/10/1978
  • Fecha de publicación: 13/12/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 02/01/1979
Materias
  • Enfermería
  • Escuelas de Ayudantes Técnicos Sanitarios
  • Escuelas Universitarias
  • Universidad de la Laguna

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