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Documento BOE-A-1978-29141

Orden de 27 de octubre de 1978 por la que se amplía la habilitación del punto de costa de 5.ª clase, puerto de refugio de Estepona, dependiente de la Aduana de Málaga, para despacho aduanero de viajeros, sus efectos y equipajes.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1978, páginas 26711 a 26711 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1978-29141

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la instancia presentada por don Alberto Díaz Fraga, en representación de «Marinas del Mediterráneo, Sociedad Anónima», en la que solicita se habilite el puerto de Estepona (zona deportiva) como punto de costa de 5.ª clase para las operaciones aduaneras derivadas de su tráfico turístico;

Resultando que con la denominación puerto de refugio de Estepona existe una habilitación de punto de costa de 5.ª clase incluida en el apéndice número 1 de las Ordenanzas como procedente de Orden ministerial de 14 de noviembre de 1941, ampliada posteriormente por Orden ministerial de 7 de junio de 1974, y que en dicho puerto se han hecho importantes obras de consolidación y prolongación de sus diques, añadiendo muelles de los que se deriva una serie de pantalanes para embarcaciones, que constituyen dicha zona deportiva;

Vistos el apéndice número 1 de las Ordenanzas de Aduanas y el Decreto número 3753/1974, de 12 de noviembre,

Este Ministerio, de conformidad con lo propuesto por V. I., dispone:

Primero.

Se amplía la habilitación del punto de costa de 5.ª clase, puerto de refugio de Estepona, dependiente de la Aduana de Málaga, para el despacho aduanero de viajeros, sus efectos y equipajes conducidos por yates y embarcaciones de recreo que arriben al mismo.

Segundo.

La firma solicitante facilitará y mantendrá locales apropiados para el Servicio de Aduanas y Fuerzas del Resguardo. Serán asimismo a su cargo el importe de las dietas y gastos de locomoción que se produzcan con ocasión de la realización de las operaciones autorizadas.

Tercero.

Queda facultada esa Dirección General para dictar las normas y autorizaciones complementarias precisas para el desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid. 27 de octubre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez Martínez.

Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/10/1978
  • Fecha de publicación: 24/11/1978
Referencias anteriores
Materias
  • Aduanas

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