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Documento BOE-A-1978-20838

Real Decreto 1888/1978, de 10 de julio, por el que se ratifica la antigüedad del Cuerpo de Infantería de Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1978, páginas 18872 a 18872 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1978-20838

TEXTO ORIGINAL

El Cuerpo de Infantería de Marina tiene su origen en la disposición de la Secretaría de Guerra de Felipe II por la que se vinculaban permanentemente a la Real Armada algunos Tercios de Infantería Española que, con el nombre genérico de Infantería de Armada, combatieron por tierra y mar basados en las Escuadras de Galeras y Galeones.

Su antigüedad corresponde a la del más antiguo de los citados Tercios, el Tercio Nuevo de la Mar de Nápoles, que se remonta al año mil quinientos treinta y siete.

En mil setecientos diecisiete, Su Majestad Felipe V reorganizó y asignó de forma definitiva las antigüedades de las diferentes Unidades del Ejército y la Armada, concediendo la de mil quinientos treinta y siete a la Infantería de Marina por Real Orden de catorce de febrero de mil setecientos veintidós. Con posterioridad, y por sucesivas Reales Órdenes y Ordenanzas de mil setecientos cuarenta y seis, mil setecientos cuarenta y ocho, mil setecientos cuarenta y nueve, mil setecientos sesenta y mil ochocientos setenta y uno, fue reiterada dicha antigüedad.

No obstante a lo largo de los años, el Cuerpo de Infantería de Marina ha experimentado diversas vicisitudes en su estructura, por lo que, en alguna ocasión, su antigüedad se ha visto temporalmente discutida e incluso modificada hasta llegar a la situación actual.

Por tanto, considerando suficientemente acreditada la primitiva antigüedad del Cuerpo y que este hecho constituye un legítimo orgullo nacional, por haber sido España la primera en tomar la decisión orgánica de crear una Infantería de Marina, a propuesta del Ministro de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de julio de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.

Se fija el año mil quinientos treinta y siete como antigüedad del Cuerpo de Infantería de Marina.

Dado en Madrid a diez de julio de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Defensa,

MANUEL GUTIÉRREZ MELLADO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 10/07/1978
  • Fecha de publicación: 11/08/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 31/08/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con las Siguientes Reales Ordenes y Ordenanzas.
Materias
  • Administración Militar
  • Cuerpo de Infantería de Marina
  • Marina de Guerra

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