Edukia ez dago euskaraz
Ilustrísimo señor:
Con el fin de agilizar la tramitación de los contratos administrativos, relativos a los programas de incorporación de jóvenes a la agricultura como empresarios directos y personales, a los efectos de conseguir préstamo del Banco de Crédito Agrícola, regulados por el Decreto 1297/1977, de 2 de junio, procede delegar en el Subdirector general de Capacitación Agraria la firma de dichos contratos.
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de esa Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22, en relación con lo prevenido en el número 11, del articulo 14, ambos de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, aprobada por Decreto de 28 de julio de 1957, ha tenido a bien delegar en el Subdirector general de Capacitación Agraria la facultad para firmar los contratos administrativos referentes a los préstamos que conceda el Banco de Crédito Agrícola a los jóvenes para su Incorporación a la agricultura como empresarios directos y personales, regulados en el Decreto 1297/1977, de 2 de junio.
Lo que digo a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 31 de marzo de 1978.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmo. Sr. Director general de Capacitación y Extensión Agrarias.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril