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Documento BOE-A-1977-2590

Orden de 25 de enero de 1977 por la que se modifica parcialmente, a nivel de Sección, la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Instituto Nacional de Estadística.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 1977, páginas 2199 a 2200 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-2590

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

Promulgado el Decreto 2767/1976, de 4 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la estructura de los Servicios, Centrales de la Dirección General del Instituto Nacional de Estadística, establecida por el Decreto 2829/1971, de 20 de noviembre, se hace preciso modificar parcialmente la estructura orgánica, a nivel de Sección, prevista en las órdenes de la Presidencia del Gobierno de 2 de diciembre de 1971 y su complementaria de 17 de abril de 1975, en cumplimiento de, lo establecido en el artículo 2.° y en la disposición final 2.«, respectivamente, de los dos Decretos citados y de acuerdo con lo que se prevé en los artículos 2.ª y 130 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno ha tenido a bien disponer:

Primero.

La Orden de la Presidencia del Gobierno de 2 de diciembre de 1971 queda modificada en los siguientes términos:

1.º La Subdirección General de Coordinación Estadística tendrá la siguiente estructura orgánica:

A. Servicio de Coordinación Estadística.

Sección 1.ª Coordinación Nacional.

Sección 2.ª Coordinación Internacional.

Sección 3.ª Síntesis Estadística.

Sección 4.ª Documentación e Información.

Sección 5.ª Nomenclaturas y Registros.

B. Servicio de Proceso de Datos.

Sección 6.ª Estudio de Procesos.

Sección 7.ª Explotación.

C. Servicio de Asuntos Generales.

Sección 8.ª Administración.

Sección 9.ª Gestión Económica.

Sección 10. Personal.

D. Servicio de Banco de Datos.

2.º La Subdirección General de Estadísticas de la Población tendrá la siguiente estructura orgánica:

A. Servicio de Estadísticas Demográficas.

Sección 1.ª Censos Demográficos y Movimientos de la Población.

Sección 2.ª Análisis Demográficos y Estadísticas de Empleo.

Sección 3.ª Estadísticas Sanitarias.

B. Servicio de Estadísticas Sociales.

Sección 4.ª Estadísticas Judiciales y Político-Administrativas.

Sección 5.ª Estadísticas Educativas, Culturales y de la Investigación.

Sección 6.ª Estadísticas Sociales.

3.º La Subdirección General de Estadística de las Empresas tendrá la siguiente estructura orgánica:

A. Servicio de Estadísticas Sectoriales.

Sección 1.ª Estadísticas Agrarias, Alimentarias y de Pesca.

Sección 2.ª Estadísticas Industriales.

Sección 3.ª Estadísticas del Comercio y Transporte.

Sección 4.ª Estadísticas de Turismo y Actividades Diversas.

B. Servicio de Estadísticas Intersectoriales.

Sección 5.ª Indicadores Industriales.

Sección 6.ª Estadísticas de Precios de Distribución y Consumo.

Sección 7.ª Estadísticas de Salarios.

Sección 8.ª Estadísticas Financieras.

4.º La Subdirección General de Estudios y Análisis Económicos tendrá la siguiente estructura orgánica:

A. Servicio de Cuentas Nacionales.

Sección 1.ª Metodología de las Cuentas Nacionales.

Sección 2.ª Contabilidad Nacional.

Sección 3.ª Relaciones Intersectoriales.

B. Servicio de Análisis Económicos.

Sección 4.ª Contabilidad trimestral.

Sección 5.ª Análisis de la Coyuntura.

Sección 6.ª Análisis y Modelos Económicos.

5.º 1. La Subdirección General de Muestreo y Censos tendrá la siguiente estructura orgánica:

A. Servicio de Diseño y Estudios.

Sección 1.ª Diseño de Muestras.

Sección 2.ª Evaluación de Resultados.

B. Servicio de Trabajos de Campo.

Sección 3.ª Programación de Trabajos de Campo.

Sección 4.ª Selección y Formación de Personal.

Sección 5.ª Control y Toma de Datos.

2. Dependerá directamente del Subdirector General:

Sección 6.ª Estudios de Censos y Muestras.

Segundo.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 25 de enero de 1977.

OSORIO

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Estadística.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/01/1977
  • Fecha de publicación: 29/01/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 30/01/1977
  • Fecha de derogación: 27/01/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 2 del Decreto 2767/1976, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-1976-24714).
    • disposición final segunda del Decreto 2829/1971, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-1971-1507).
    • los arts. 2 y 130 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA Orden de 17 de abril de 1975 (Ref. BOE-A-1975-8614).
Materias
  • Dirección General del Instituto Nacional de Estadística
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Presidencia del Gobierno

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