Está Vd. en

Documento BOE-A-1977-16115

Real Decreto 1750/1977, de 11 de julio, por el que se prorroga el rendimiento de los alcoholes de melazas procedentes de la fabricación del azúcar de remolacha y los precios de estos alcoholes para usos industriales.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 1977, páginas 15799 a 15800 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-16115

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto dos mil ciento catorce/mil novecientos setenta y seis, de dieciséis de julio, por el que se determinaba el rendimiento de las alcoholes de melazas procedentes de la fabricación de azúcar de remolacha y se prorrogaban los precios de estos alcoholes para usos industriales establecía la vigencia de los precios de los alcoholes etílicos procedentes de la melaza de azúcar de remolacha, cuando se destinen a usos distintos a los de boca, hasta el treinta de junio de mil novecientos setenta y siete.

Manteniéndose las circunstancias que hicieron aconsejable la fijación de aquellos precios, se considera conveniente prorrogar lo establecido en el Real Decreto dos mil ciento catorce/mil novecientos setenta y seis, de dieciséis de julio.

En su virtud, teniendo en cuenta los acuerdos del FORPPA, a propuesta de los Ministros de Hacienda, de Agricultura, de Industria y Energía y de Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de julio de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo único.

Se prorroga hasta el día treinta y uno de agosto de mil novecientos setenta y siete la vigencia del Real Decreto dos mil ciento catorce/mil novecientos setenta y seis, de dieciséis de julio, por el que se determina el rendimiento de los alcoholes de melazas procedentes de la fabricación de azúcar de remolacha y los precios de estos alcoholes para usos industriales.

Dado en Madrid a once de julio de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia,

JOSE MANUEL OTERO NOVAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/07/1977
  • Fecha de publicación: 14/07/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 03/08/1977
  • Vigencia de la prórroga hasta el 31 de agosto de 1977.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA por Real Decreto 2595/1977, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1977-24997).
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo de vigencia del Real Decreto 2114/1976, de 16 de julio (Ref. BOE-A-1976-17282).
Materias
  • Alcoholes
  • Azúcar
  • Melazas
  • Precios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid