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Documento BOE-A-1977-1369

Real Decreto 3042/1976, de 26 de noviembre, por el que se crea un Patronato para los actos conmemorativos del centenario de la invención del fonógrafo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 1977, páginas 1105 a 1105 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Información y Turismo
Referencia:
BOE-A-1977-1369

TEXTO ORIGINAL

En mil novecientos setenta y siete, se conmemorará en todo el mundo el centenario de la invención del fonógrafo, cuyo descubrimiento se atribuye al francés Charles Cros y al americano Thomas Alva Edison.

La extraordinaria difusión experimentada por el fonógrafo y posteriormente por el gramófono, tocadiscos y equipos de alta fidelidad, lo sitúan de forma indudable entre los medios de comunicación de masas más caracterizados de la sociedad moderna.

El fonógrafo y su complemento indispensable el fonograma, han facilitado el conocimiento y disfrute, por amplios sectores de población de los bienes de la cultura, no sólo en el terreno musical, sino en el de la literatura, las artes y las ciencias, contribuyendo de formo decisiva al enriquecimiento y conservación del patrimonio artístico y cultural de la humanidad.

Dado que la celebración de este centenario deparará una ocasión especialmente propicia para resaltar el significado del fonógrafo, como vehículo cultural y de comunicación entre los pueblos, diversos Organismos públicos y privados, vienen trabajando, en sus respectivos países, en la programación de los actos conmemorativos de dicho centenario, con el fin de dar la mayor relevancia posible al acontecimiento.

Por todo ello, a fin de que España se una, con la debida trascendencia, a los actos que con motivo del centenario de la invención del fonógrafo se celebrarán en todo el mundo, y a propuesta del Ministro de Información y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crea el Patronato Nacional del Centenario de la Invención del Fonógrafo, que desde enero de mil novecientos setenta y siete y hasta el mes de abril de mil novecientos setenta y ocho promoverá y coordinará las acciones que habrán de llevarse a cabo, por los distintos Organismos de la Administración para conmemorar este acontecimiento.

Artículo 2.

Bajo la Presidencia de Honor de Sus Majestades los Reyes de España, el Patronato estará integrado por el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.

Artículo 3.

El Consejo Rector estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente, el Ministro de Información y Turismo.

Vicepresidente, el Director general de Cultura Popular.

Vocales:

El Director general de Relaciones Culturales, el Director general del Patrimonio Artístico y Cultural, el Delegado Nacional de Cultura, el Subdirector general de Promoción y Ordenación Editorial, el Director del Instituto de Cultura Hispánica, el Presidente de la Sociedad General de Autores de España y el Presidente de la Industria Fonográfica Española.

Artículo 4.

Corresponde al Consejo Rector aprobar el programa de actividades del Patronato y controlar su ejecución.

Artículo 5.

La Comisión Ejecutiva del Patronato, presidida por el Director general de Cultura Popular, estará integrada por:

– Los Directores generales de Radiodifusión y Televisión y Teatro y Espectáculos o las personas en quien éstos deleguen.

– El Subdirector general de Acción Cultural.

– El Subdirector general de Promoción y Ordenación Editorial y por los miembros de la Comisión constituida por la Industria Fonográfica Española, para la programación de los actos de conmemoración del centenario.

Artículo 6.

Corresponde a la Comisión Ejecutiva:

Uno. Proponer al Consejo Rector el programa de actividades a realizar, así como cualquier otra iniciativa que considere de interés.

Dos. Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.

Tres. Realizar cuantos trabajos y actividades considere oportunos encomendarle el Consejo Rector.

Artículo 7.

Actuará como Secretario de los órganos del Patronato el Jefe de la Sección de Empresas Discográficas y Ediciones Sonoras del Ministerio de Información y Turismo.

Artículo 8.

Se autoriza al Ministerio de Información y Turismo, para dictar las disposiciones precisas para la ejecución y desarrollo de lo previsto en esta norma.

Dado en Madrid a veintiséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de Información y Turismo,

ANDRÉS REGUERA GUAJARDO

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 26/11/1976
  • Fecha de publicación: 17/01/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 06/02/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Conmemoraciones
  • Ministerio de Información y Turismo
  • Patronatos

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